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PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN, PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE…
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN
PAE
Artículo 151 del CFF
Las autoridades fiscales con la finalidad de poder garantizar un crédito fiscal exigible requieren de pago al deudor en cuestión y dado el caso en que este no lo haga, procederán a embargar bienes con motivo de rematarlos en favor del fisco
El ejecutor deberá identificarse ante quien se realice la diligencia
Se debe levantar el acta circunstanciada de la cual se entregará copia y se notifican los bienes embargados a través del buzón tributario
Los bienes se pueden dejar bajo la guarda del depositario (bienes) / interventor (negociaciones)
El ejecutor puede auxiliarse de la policía u otras fuerzas publicas en caso de que se le impida el acceso al lugar de donde se embargaran los bienes
Se colocan sellos o marcas oficiales que funjan como identificar de los bienes embargados
EMBARGO
Posibilidad de ampliación
El embargo precautorio no hay manera de poder ampliarlo ya que cubre solo las 2/3 partes
El definitivo cubre el 100% así que este si se puede ampliar
DAVID FIERRO
Comienza con un requerimiento de pago
Se refiere al procedimiento seguido en forma de juicio
Los actos que sucedan en el pueden impugnarse en amparo indirecto y recurso de revocación
Cualquier violación cometida dentro del PAE (dentro de los 10 días siguientes a la convocatoria del remate)
Las autoridades fiscales se encargan de exigir el pago de los créditos fiscales que no hayan sido cubiertos o garantizados a través del PAE
Obligatoriedad del pago de gastos de ejecución
Personas físicas y morales están obligadas a pagar el 2% del crédito fiscal por concepto de gastos de ejecución
Requerimiento de pago
Embargo
Remate
Artículo 145 del CFF
Nos indica cuando procederá el embargo precautorio
embarga 2/3 partes del crédito fiscal sobre los bienes o la negociación del contribuyente
o Si el contribuyente no es localizable
o Si el contribuyente se oponga a la práctica de la notificación
o Si el crédito fiscal no esta garantizado
Bienes inmuebles
Derechos de autor sobre obras
Depósitos bancarios (salvo los de ahorro para el retiro)
La negociación del contribuyente (embargo de caja)
Dinero y metales preciosas
Otros bienes muebles
Embargo definitivo
Va después del requerimiento del pago y se refiere a la primera fase del PAE
Artículo 149 del CFF
El fisco federal tiene preferencia para recibir el pago de créditos provenientes de ingresos que la federación debió percibir
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN
PAE
DAVID FIERRO
La ampliación de la garantía consiste en que el contribuyente tiene que garantizar con los bienes que sea suficiente para poder cubrir el monto total del crédito mas los 12 meses siguientes por acumulaciones y recargos
Artículo 156 – Bis
Nos indica cuando es que la autoridad fiscal podrá inmovilizar depósitos bancarios
Artículo 164
Nos habla de que el depositario designado fungirá como interventor con cargo a la caja o administrador, cuando las autoridades embarguen negociaciones (embargos de caja)
El interventor / administrados tiene las siguientes obligaciones
Rendir cuentas mensuales e informa de todo lo que pasa
Separar el 10% de ventas o ingresos diarios
La intervención se levanta cuando el crédito fiscal sea satisfecho o si se enajena la negociación
La enajenación de la negociación se da cuando lo recaudado en 3 meses no se alcance a cubrir al menos el 24% del crédito fiscal
Artículo 173
Nos habla acerca del remate, es decir, cuando procede la enajenación de bienes embargados
A partir del día siguiente en que se fijó el avalúo
En los casos de embargo precautorio
Cuando el embargado no proponga comprador antes del día en que se finque el remate
Sentencia de validez firme
La base para enajenación de los bienes inmuebles será el avalúo
La base para la enajenación de negociaciones y bienes muebles será el avalúo pericial
La autoridad notifica de manera personal o por buzón tributario el resultado del avalúo practicado
Si el embargado o algún tercero no esta conforme con el avalúo realizado podrá hacer uso del recurso de revocación y de igual forma designar ellos mismos otro perito
Notificación del avalúo > al día siguiente se realiza la convocatoria del remate > dentro de los 20 días siguientes se puede hacer el remate
La convocatoria para el remate se publica en la pagina electrónica de las autoridades fiscales y se dan a conocer
Bienes objetos del remate
El valor que sirve de base para la enajenación
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