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Régimen de la Sucesión testamentaria en Derecho Romano** - Coggle Diagram
Régimen de la Sucesión testamentaria en Derecho Romano
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TESTAMENTO MILITAR
Testamento otorgado en tiempo de guerra por integrantes de un ejército o unidas al mismo (voluntarios, rehenes, prisioneros o empleados), cuando se hallen en campaña.
El soldado podía confiar su última voluntad ante sus compañeros de arma, escribiendo en sangre sobre su escudo.
FORMAS DE TESTAMENTO EN DERECHO POSTCLÁSICO Y JUSTINIANEO
La distinción clásica entre testamento civil y testamento pretorio ahora se mantiene referida a dos clases de testamento:
Abierto: que se hace ante cinco testigos
Cerrado: que se presenta con la firma de siete testigos
De este mismo se deriva el que Justiniano llama "tripartito" (CI. 6.23.21; I. Inst. 2.10.3)
CAPACIDAD PARA HEREDAR
Es la capacidad de recibir por testamento.
Se requiere ser ciudadano y libre.
FORMAS ANTIGUAS Y CLÁSICAS
Formas Clásicas:
testamento ante bronce y balanza
Formas Antiguas.
Testamento ante Codicios Curiados
Testamento en Procinto
CAPACIDAD PARA TESTAR
Debe confirmarse primero que el testamento sea válido.
Que el testador tenga facultad de testar.
Este es un atributo a las personas físicas.
Se exige que el testador sea libre, ciudadano romano y sui iuris.
EL CODICILO
Nombramientos de tutores
Revocación de Disposiciones
Manumisiones
Legados
CONCEPTO Y CARACTERÍSITCAS
Es una declaración unilateral de voluntad, que contiene disposiciones mortis causa y esencialmente la institución de heredero.
Debe ser hecha con la forma y solemnidad debida para que tenga validez legal.
En las fuentes romanas hay dos definiciones de testamento casi coincidentes: una de Ulpiano (Reg. 20,1) y otra de Modestino (D. 28, 1, 1).
Tiene las siguientes características:
Es un acto conforme al derecho civil y con las solemnidades en él establecidas.
Es un acto personalísimo, unilateral y revocable
Es un acto mortis causa
Es esencial que se instituya herederos