Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
CONTRIBUCIONES ESPECIALES : - Coggle Diagram
CONTRIBUCIONES ESPECIALES :
Definición
Son todas aquellas contribuciones cuyo hecho imponible consiste en la obtención por el sujeto pasivo de un beneficio o de de un aumento de valor de sus bienes, como consecuencia de la realización de obras publicas o establecimiento de servicios públicos. De forma general, las contribuciones especiales pueden establecerse en el ámbito Nacional, Estatal o Municipal, Pero es en el ámbito municipal donde adquieren mayor expresión debido a la facilidad de establecer la cuota global para repartir entre la población de un determinado sector a través de obras publicas y servicios.
Bases Jurídicas
Bases Constitucionales
Art 133 CRBV "Toda persona tiene el deber de coadyuvar a los gastos públicos mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la ley.
Bases Legales
Código Orgánico Tributario - Art 12
Ley Orgánica para la Ordenación Territorial - Art 68
Ley de Expropiación por causa de Utilidad Publica - Art 17 y 18 Ley del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES)
Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Ley del Seguro Social Obligatorio
Clases
Contribuciones Especiales por mejoras: Son aquellas contribuciones que derivan en beneficios sobre los inmuebles en ocasión de obras publicas, ejemplo: Plazas, Jardines, Pavimento, ensanchamiento o prolongación de calles.
Contribuciones Especiales del Seguro Social: Son aquellas contribuciones determinadas por las leyes especiales del Seguro social para el mantenimiento de las instituciones de protección de los trabajadores del país.
Contribuciones Especiales del INCES (Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista): Son contribuciones especiales de obligatorio cumplimiento que deben ser canceladas por los empleadores y trabajadores, es establecido en la ley del INCES.
Contribuciones Especiales a la Ciencia, Tecnología e Innovación: Son aquellas contribuciones que son canceladas por lo entes privados o públicos que realicen actividades económicas dentro del territorio nacional cuyos ingresos brutos anuales sean superiores a cien mil Unidades Tributarias.
Caracteristicas
1) Financian los gastos de inversión
2) La fijación es potestativa
3) Lo que se recauda por contribución especial
se destina a la obra pública solicitada
4) Se aplica en las haciendas locales.