CONTRIBUCIONES PREVISTA EN LA LEY ORGÁNICA DE CIENCIAS, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN Y CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO Y EL CONSUMO DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTE Y PSICOTRÓPICAS.
Las contribuciones previstas en la LOTISEP y LOCTI aparentan obligaciones patrimoniales de derecho público no contributivas, que disimulan, a través de una falacia de constructivista, verdaderos tributos, con el objeto de excluirlas del régimen de principios y garantías constitucionales de la tributación.
En caso de controversias en cuanto al pago de la contribución no deberían aplicarse sanciones porque los vacíos e imprecisiones de la LOTISEP, la ausencia de su Reglamento, la inexistencia inicial de la ONA y la ausencia de planillas de pago, deberían constituir circunstancias eximentes de responsabilidad penal tributaria.