Una entidad debe asociar, en el mismo periodo contable, los costos y gastos con los ingresos que les son relativos, cuando se encuentren devengados, independientemente de la fecha en que se realicen.
El postulado de asociación de costos y gastos con ingresos es el fundamento del reconocimiento de una partida en el estado de resultado integral; esto es, los ingresos deben reconocerse en el periodo contable en el que se devenguen, asociando los costos de activos que se consumieron y costos y gastos que se incurrieron en el proceso de generación de dichos ingresos.