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EXCEPCIONES AL PRINCIPIO DE ANUALIDAD - Coggle Diagram
EXCEPCIONES AL PRINCIPIO DE ANUALIDAD
EXCEPCIONES A LA APROBACION ANUAL DEL PRESUPUESTO
Se encuentran las denominadas adiciones presupuestales, que son inclusiones de mayores ingresos o de mayores gastos al presupuesto anual de la entidad administrativa, como lo son:
Las reservas de apropiación (RA), las reservas de trámite negociar (RTN), los pasivos exigibles por vigencias expiradas (PEVE) y las vigencias futuras (VF)
- ADICIONES Y TRASLADOS
En las adiciones se incrementa el monto total del presupuesto: Ingresos y Gastos.
En los traslados existe un recomposición del presupuesto de gastos, porque se aumenta una partida (s) y se reduce otra (s) por el mismo valor, el monto total del presupuesto permanece inalterado.
- REDUCCIONES O APLAZAMIETOS
El Gobierno deberá reducir o aplazar apropiaciones:
Si los recaudos son inferiores a los ingresos;
No fueron aprobados nuevos ingresos o fueron insuficientes para atender los presupuestos desequilibrados;
No se perfecciones los recursos del crédito; o la coherencia macroeconómica así lo exija
EXCEPCIONES A LA EJECUCION ANUAL DEL PRESUPUESTO
Es el proceso mediante el cual una estimación se transforma en hechos económicos efectivos, como lo son:
- RESERVAS PRESUPUESTALES
Son compromisos legalmente contraídos que al cierre de la vigencia fiscal no se han atendido por no haberse completado las formalidades necesarias que hagan exigible el pago al terminarse el año.
- RESERVAS DE CAJA O CUENTAS POR PAGAR
Son las constituidas para amparar obligaciones legalmente contraídas, pendientes de pago al cierre de la vigencia fiscal y que se encuentran debidamente registradas en la contabilidad presupuestal.
- LAS VIGENCIAS FUTURAS TANTO ORDINARIAS COMO EXCEPCIONALES
Son autorizaciones del gasto para vigencias fiscales posteriores a la presente, que tienen como fin respaldar compromisos precisamente adquiridos; la diferencia entre una vigencia futura ordinaria y una excepcional es que en la primera (ordinaria) se debe contar con recursos apropiados en el presupuesto de la vigencia que se autorizan, mientras que en la vigencia futura excepcional no se cuentan con recursos apropiados para este proyecto en la vigencia fiscal en la que se autoriza la vigencia futura.
- PASIVOS EXIGIBLES POR VIGENCIAS EXPIRADAS
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