Los derechos reales limitados (posesión, uso, usufructo, habitación, hipoteca, prenda, anticresis, servidumbres activas, etc.) son derechos reales sobre bien ajeno; son desmembraciones del derecho de propiedad. Frente del derecho limitado se yergue la figura del propietario del bien. El único derecho pleno es la propiedad; todos los demás derechos reales son limitados.