Artículo 3. Se entenderá por: accidentes del trabajo (toda lesión orgánica o perturbación inmediata o posterior a la muerte en el trabajo), acciones preventivas y correctivas (establece a partir del diagnóstico de seguridad que sólo queda el trabajo), autoridad laboral (las correspondientes todas las entidades federativas, que actúen en auxilio de aquellas), Centro de trabajo (hay lugar o lugares que se realizan actividades de exploración, aprovechamiento, producción, comercialización, transporte en los que laboren), condiciones inseguras (derivan de la inobservancia o desatención de los procedimientos o medidas de seguridad y que pueden conllevar a incidentes accidentes y enfermedades), condiciones peligrosas (características inherentes a las instalaciones, que pueden poner en riesgo la salud, la integridad física o la vida o dañar las instalaciones), contaminantes del ambiente laboral (agentes físicos, químicos y biológicos capaces de modificar Las condiciones ambientales del trabajo y también alterar la salud del personal ocupacional), control (proceso el cual se instrumentan las medidas de seguridad, evaluación de los agentes contaminantes del ambiente laboral a efecto que no sobrepase los límites de exposición), diagnóstico de seguridad y salud en el trabajo (condiciones inseguras capaces de modificar las condiciones del ambiente, peligrosos circundantes al centro de trabajo, así como de los requerimientos normativos en materia de seguridad y salud), enfermedad del trabajo (todo estado patológico en el que se vea obligado a prestar sus servicios), entorno organizacional favorable (se promueve el sentido de pertenencia de la organización, la formación para la realización de las tareas, la participación proactiva y comunicación entre sus integrantes, distribución adecuada de cargas de trabajo), equipo de protección personal (proteger al trabajador contra accidentes y enfermedades de trabajo), espacio confinado (en lugar o lugares sin ventilación natural en el que desempeñar una tarea en su interior, con medios limitados o restringidos para su acceso o salida), evaluación (el proceso que se efectúa el muestreo, la determinación analítica y la comparación de los resultados conforme a los valores límites de exposición), Evaluación de la conformidad (grado de cumplimiento de las normas), factores de riesgo ergonómico no abro paréntesis sobre el esfuerzo físico, de movimientos específicos o posturas forzadas con la consecuencia de fatiga, errores, accidentes y enfermedades de trabajo), factores de riesgo psicosocial (provocan trastornos de ansiedad, no orgánicos del sueño vigilia y de estrés grave y de adaptación), ley (la ley Federal del trabajo), medidas de control (se adoptan para disminuir la exposición a los contaminantes del ambiente laboral), norma (oficiales mexicanas de seguridad y salud del trabajo expedidas por la Secretaría de acuerdo con el establecimiento de la ley Federal sobre Metrología y normalización y su reglamento), organismos privados (unidades de certificación, acreditados y aprobados en términos de la ley federal sobre metrología y normalización y su reglamento que realizan actos de evaluación de la conformidad de las normas), personal ocupacional expuesto (aquellos que están expuestos a condiciones inseguras a peligrosos o a contaminantes del ambiente laboral), programa de seguridad y salud en el trabajo (el documento de acciones preventivas y correctivas para evitar riesgos que puedan afectar la vida, integridad física o la salud o causar daños en las instalaciones), reconocimiento (el proceso que se identifican los agentes contaminantes del ambiente laboral, sus propiedades o características, sus efectos de Salud, fuentes emisoras de contaminantes, áreas o zonas de riesgo a la exposición, grupos de exposición homogéneos, puestos y actividades, así como tiempos y frecuencias de exposición), riesgo (la correlación de la peligrosidad de uno o varios factores), riesgo grave (todo lo que pueda comprometer la vida, integridad física o salud O producir daños en las instalaciones cierro paréntesis, Secretaría (la Secretaría del trabajo y previsión social), seguridad y salud en el trabajo (aspectos relacionados con la prevención de accidentes y enfermedades de trabajo, seguridad e higiene, seguridad e higiene industrial, seguridad y salud, seguridad, seguridad y medio ambiente del trabajo), servicios preventivos de medicina del trabajo (prestados por un médico preferentemente capacitado en medicina del trabajo, de madera interna o externa con el propósito de enfermedades, proporcionaba atención médica y los primeros auxilios), servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo (prestados por personas así todo ya es interno externo o mixto con el propósito de prevenir accidentes y enfermedades de trabajo, por internos, los proporcionados por el patrono personal del centro del trabajo, en externos son los del personal independiente del centro del trabajo y los mixtos por personal interno como por personal independiente), sistemas de administración en seguridad y salud en el trabajo (se impulsó la mejora continua en la prevención de los accidentes y enfermedades de trabajo, mediante la autoevaluación), sustancias químicas peligrosas (por sus propiedades físicas y químicas al ser manejadas, transportadas, almacenadas o procesadas, presentan riesgo de irritabilidad y que al ingresar por vía respiratoria, cutánea o digestiva pueden provocar intoxicación, quemaduras o lesiones orgánicas), trabajadores con discapacidad (presentan uno o más deficiencias de carácter físico, mental, intelectual o sensorial, ya sea por naturaleza permanente o temporal), trabajadores de campo (de manera permanente, eventual o estacional, los trabajadores propios de las exposiciones agrícolas ganaderas, acuícolas, forestales o mixtas, al servicio de un patrón), violencia laboral (son actos de hostigamiento, acoso o malos tratos que pueden dañar su integridad o salud).