Proceso de visita domiciliaria

El Procedimiento de Visita Domiciliaria, es uno de los principales instrumentos de la autoridad fiscal (Servicio de Administración Tributaria), para verificar y comprobar el debido cumplimiento de las obligaciones fiscales y de comercio exterior, de los contribuyentes inscritos ante el Registro Federal de Contribuyentes.

Sujetos del Procedimiento de Visita Domiciliaria

De forma general, nos referiremos a las personas que pueden tener una carga este tipo de procedimiento, siendo: las personas físicas y morales, quienes constitucionalmente y de manera directa e indirecta, están obligados a contribuir al gasto público, inscritos en el Registro Federal de contribuyentes, obligados al pago de contribuciones.

Acto de Inicio del Procedimiento- Orden de visita domiciliaria

Las formalidades que estrictamente deben cumplir las autoridades fiscales, al momento de implementar este tipo de procedimientos, comprobar el cumplimiento debido de obligaciones fiscales y de comercio exterior e inclusive, revisar mercancía de procedencia extranjera.

Requisitos Generales de la orden de visita domiciliaria. El artículo 43 del Código Fiscal de la Federación, establece categóricamente los requisitos que deben contener la orden de visita domiciliaria, los cuales citamos a continuación:

El lugar o lugares donde debe efectuarse la visita. El aumento de lugares a visitar deberá notificarse al visitado.

El nombre de la persona o personas que deban efectuar la visita; esto es el personal visitador autorizado para practicar el procedimiento.

El período o ejercicio fiscal sujeto a revisión así como una clara precisión de los impuestos o contribuciones que serán parte de la revisión. La autoridad debe ajustarse al objeto de revisión establecido en la orden.

Deberá contenerse impreso el nombre del visitado excepto cuando se trate de órdenes de verificación en materia de comercio exterior y se ignore el nombre del mismo.

Principales etapas del Procedimiento de Visita Domiciliaria

Acta Parcial de Inicio

Levantamiento de Actas Parciales

Invitación a conocer los hechos u omisiones.

Última Acta Parcial y Acta Final.

Duración de la visita.

Aquí, hacemos un paréntesis para hacer referencia al plazo de duración de este procedimiento, el cual por regla general no podrá exceder de 12 meses contados a partir de la notificación de la orden de visita, hasta el levantamiento del acta final.

Medios de Defensa Legal

Resolución Definitiva.

En la práctica de las visitas domiciliarias pueden verse violentados diversos derechos fundamentales protegidos por la Constitución Política, como lo son los que titulan los principios de seguridad jurídica, legalidad, inviolabilidad domiciliaria, derecho a la intimidad, derecho al secreto bancario y el secreto profesional, entre otros; estos se constituirían como violaciones de carácter formal.

Recomendaciones Generales en la atención del Procedimiento de Visita Domiciliaria.
En base a lo anterior, sugerimos implementar las siguientes medidas de preventivas, de control y correctivas, para afrontar de manera exitosa este tipo de procedimientos:

Evitar declarar en ceros si se obtuvieron ingresos.

Supervisar de forma constante el estado de los CFDI´s recibidos de proveedores y acreedores.

Presentar con oportunidad sus obligaciones fiscales y mantener en resguardo todos los comprobantes o soportes de las mismas.

Revisar de forma activa su buzón tributario, puesto que este medio de comunicación será el canal para comunicar los hechos u omisiones detectados en el procedimiento.

Atender de forma oportuna los requerimientos de información y/o documentación que en su caso formule la autoridad Hacendaria.

Ejercer el derecho de Defensa en forma oportuna e informarse de las facilidades o mecanismos de corrección.

Dar un seguimiento adecuado de los actos que se realizan a cargo.

Exhibir u aportar, únicamente la información y/o documentación que es requerida por la autoridad.

Sin importar lo sencillo de resolver que parezca, se recomienda apoyarse de asesoría experta desde el inicio de la Visita Domiciliaria, puesto que muchos de los resultados desfavorables que obtienen al concluir este tipo de procedimientos, provienen de la implementación de decisiones o estrategias incompatibles o inadecuadas que se toman al no conocer los alcances de la información y/o documentación con la que se solventan en general los actos de la autoridad fiscalizadora.