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NOTARIA - Coggle Diagram
NOTARIA
en notaria en area administrativa
a. Establecer los criterios de distribución territorial
de las notarias y los notarios de fe pública, de
acuerdo a la reglamentación de la presente Ley;
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b. Crear o suprimir cargos notariales de fe pública, de
acuerdo a las necesidades y parámetros técnicos
establecidos por las Direcciones Departamentales;
c. Determinar o actualizar los aranceles notariales
de las notarías de fe pública;
d. Inspeccionar notarías de fe pública;
¿que tipo de atribuciones tiene la notaria?
a. Proponer, supervisar y fiscalizar las políticas implementadas por la Dirección del Notariado Plurinacional;
b. Coadyuvar a la difusión de la aplicación de la presente Ley;
c. Remitir una terna de postulantes a Directora o Director de la Dirección del Notariado Plurinacional a
la Presidenta o Presidente del Estado
d. Nombrar comisiones calificadoras para las y los postulantes a notarias y notarios de fe pública, las que
estarán presididas por la Directora o el Director Departamental correspondiente;
e. Fiscalizar los procesos de evaluación de las y los notarios de fe pública;
f. Proponer a la Dirección del Notariado Plurinacional
la firma de convenios.
¿Que atribuciones tiene el director o directora departamenta?
a. Realizar y autorizar los actos administrativos, técnicos y operativos para el mejor funcionamiento de la
Dirección Departamental;
b. Emitir disposiciones administrativas para el funcionamiento de las notarías de su ámbito territorial;
c. Autorizar la suspensión voluntaria de actividades a
las notarias o los notarios de fe pública;
d. Autorizar la suplencia de las notarias o los notarios
de fe pública;
¿de que se encargan las direcciones departamentales?
Administrar el registro de las notarías de fe pública
del Departamento;
b. Controlar el funcionamiento de las notarías de fe
pública en el Departamento;
c. Recibir los índices documentales de las notarías de
fe pública,
¿Cómo esta conformado la organización de notaria?
a. El Consejo del Notariado Plurinacional;
b. La Dirección del Notariado Plurinacional;
c. Las Direcciones Departamentales;
d. Las Notarías de Fe Pública y de Gobierno.