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EMBARGO EJECUTIVO, REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL…
EMBARGO EJECUTIVO
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FASES
Todo embargo ejecutivo será precedido de un mandamiento de pago, hecho un día a lo menos antes del embargo, a la persona o en el domicilio del deudor y conteniendo notificación del título si este no se le hubiera notificado.
El embargo de los muebles: el alguacil estará acompañado de dos testigos ciudadanos dominicanos, mayores de edad, que no sean parientes o afines de las partes o del alguacil ni tampoco sus sirvientes. El alguacil enunciará en su acta los nombres, profesiones y moradas de los
deposito de Contrato
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contrato por el cual una persona, el depositario, se obliga para con otra, el depositante, que le ha confiado una cosa mobiliaria corporal, a conservarla y a restituirla cuando esta ultima quiera.
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Objeto del embargo
Los muebles deben ser corporales, es decir, que puedan ser percibidos por los sentidos y deben estar en el domicilio del deudor y bajo su dominio, es decir que se encuentre en manos del deudor.
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Aprenhension judicial de un bien,mueble o inmueble y su puesta en mano de un depositario para su unterior venta o remate a fin de satisfacer el pago de cantidades de dinero ordenadas en la sentencia
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