• VI. En cualquier estado de la audiencia y en todo caso antes de pronunciar
el fallo, el tribunal exhortará a las partes a una composición amigable. Si se
lograra la avenencia, se dará por terminado el juicio y se suscribirá el
convenio respectivo, el que una vez calificado y, en su caso, aprobado por
el tribunal, tendrá el carácter de sentencia. En caso contrario, el tribunal
oirá los alegatos de las partes, para lo cual concederá el tiempo necesario
a cada una y en seguida pronunciará su fallo en presencia de ellas de una
manera clara y sencilla.