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PRINCIPIOS ÉTICOS FUNDAMENTALES DE LA PROFESIÓN, PRINCIPIOS MORALES DE LA…
PRINCIPIOS ÉTICOS FUNDAMENTALES DE LA PROFESIÓN
PRINCIPIO DE BENEFICENCIA
“Primun non nocere”: antes que nada no perjudicar o no dañar
Hacer el bien a la persona solucionando sus necesidades o problemas
Dos niveles de obligatoriedad
Es el Bien que acrecienta la libertad y la reciprocidad igualitaria de la persona que vive en una comunidad de reciprocidad.
PRINCIPIO DE AUTONOMÍA
Autonomía es la capacidad del sujeto de gobernarse por una norma que él mismo acepta como tal sin coerción externa.
Esta es la base de su derecho a ser respetado en las decisiones que tome sobre sí misma y que no perjudican a nadie.
PRINCIPIO DE JUSTICIA
Una sociedad es justa cuando respeta la dignidad de todos sus miembros sin excepción.
La justicia busca que el individuo sea tratado con respeto y reconocimiento.
Nociones de imparcialidad, equilibrio, rectitud, armonía y legalidad están incluidas en el concepto de justicia.
PRINCIPIO DE SERVICIO
El espíritu de servicio del profesional nace de reconocernos como siervos de Dios en favor de la humanidad.
El servicio se caracteriza por ayudar a cada miembro a desarrollar las capacidades de cada uno para contribuir a su propio bienestar material, intelectual y espiritual.
PRINCIPIO DE TRASCENDENCIA
Es la capacidad de desprendernos de la realidad actual y de conectarnos con aquellos valores y principios que creemos que tienen valor eterno.
Ayuda a desprendernos del mundo material y conectarnos con la dimensión Espiritual – Divina, para tener la fuerza necesaria para llevar a cabo nuestra responsabilidad profesional.
PRINCIPIOS MORALES DE LA PROFESIÓN (PRINCIPIO TÉCNICOS)
PRINCIPIO MORAL PARA EL SECRETO PROFESIONAL
Es una información confidencial que le ha sido comunicada a un profesional para que la utilice en el ámbito estricto de su trabajo.
Fundamentación moral del respeto del secreto profesional
Secreto profesional es propiedad privada del dueño de tal información, que puede ser una persona o un grupo de personas.
Secreto profesional una estrategia de mercadeo
Clases de secreto profesional.
Existen 2 tipos
Secreto profesional explícito:
Es la información cuya catalogación de ‘confidencialidad’ es comunicada de manera explícita al profesional, sea de modo oral o escrito.
Secreto profesional implícito:
Es cuando una persona se entera de cierta información confidencial por circunstancias casuales.
En este caso la información no ha sido comunicada directamente al profesional ni tampoco le ha sido señalada expresamente su carácter de confidencialidad.
Circunstancias en las que es moralmente aceptable revelar un secreto profesional.
Cuando la persona que es dueña del secreto nos da permiso para revelarlo a determinadas personas o en forma general.
Si de alguna forma el secreto llegará a ser de dominio público,
Algunas maneras de defender la inviolabilidad de un secreto profesional.
Evadir preguntas indiscretas.
Explicar su postura, aprovechándose la oportunidad para explicar las obligaciones relacionadas con el secreto profesional.
Con sentido de humor.
PRINCIPIO MORAL EN LA COMUNICACIÓN DE LA VERDAD
Todo profesional tiene la obligación de comunicar la verdad en forma oportuna a las personas que tienen derecho a saberla.
La primera exigencia moral dice que se debe ‘comunicar’, no simplemente ‘decir’ una verdad.
La segunda exigencia moral dice que comunicar “la verdad”, no mi verdad ni aquella parte de la verdad que me conviene comunicar, sino toda la verdad sobre algo.
La tercera exigencia moral dice que se debe comunicar la verdad “a las personas que tienen derecho a saberla”, pide al profesional discreción y prudencia.
La cuarta exigencia moral dice que se debe comunicar la verdad a las personas que tiene derecho a saberla “en forma oportuna”.
Y la quinta exigencia moral dice que se debe comunicar la verdad a las personas que tiene derecho a saberla en forma oportuna y que se encuentre en condiciones de asimilarla positivamente”.
Distinción entre ‘decir’ y ‘comunicar’ la verdad.
‘Decir’ hace referencia sólo a lo que uno mismo hace, “dice algo”.
‘comunicar’ implica un proceso mediante el cual dos personas logran entenderse.
Los profesionales suelen hacer uso de expresiones faciales, gestos, entonaciones de voz y modismos o códigos lingüísticos para darse a entender con sus clientes.
Hay profesionales inmorales que abusan del significado literal de las palabras, se escudan detrás de ellas cuando no quiere verdaderamente comunicar una verdad, cuando, más bien, quieren distorsionar una verdad.
Abusos en referencia a la comunicación de la verdad
Esconderse detrás del sentido literal de las palabras cuando se sabe que la otra persona no está en capacidad de entenderlas adecuadamente.
Supuestas rebajas que realmente no representan ningún ahorro para el consumidor.
Publicidad diseñada para engañar al público.
El principio de veracidad obliga al profesional a ‘informar adecuadamente la verdad’ a su cliente.
PRINCIPIOS MORALES PARA LA PUBLICIDAD
La publicidad es un recurso comunicacional en el cual se anuncia o se promueve las características de un producto
El principio moral de la publicidad dice: el profesional tiene la obligación moral de comunicar la verdad, en forma oportuna, a las personas que tienen interés en comprar un producto o servicio. Si bien la información que se difunde en los medios es resumida, por el poco tiempo que se dispone, esta información debe ser ‘verídica’.
Cualidades morales que debe tener el contenido de los mensajes publicitarios.
C) Debe ser honesto y respetuoso:
En los mensajes publicitarios se debe respetar la dignidad de las personas, los valores sociales y las formas de convivencia cultural.
B) Debe ser verificable:
Verificable cuando las personas tienen la posibilidad de solicitar la comprobación de lo que se dice o presenta en dicho mensaje
A) Debe ser verídico:
Lo que se dice o muestra en la publicidad debe coincidir con la realidad del producto o servicio que se ofrece.
D) No debe ser discriminatorio:
En la publicidad no se debe marginar ni menospreciar a personas o grupos por su raza, sexo, origen, religión o por cualquier otro motivo.
E) Debe ser leal en la competencia comercial:
No es sencillo determinar qué es leal o qué es desleal en este campo. Aquí entran en juego juicios prácticos que tendrán que emitirse según los lugares, tiempos y situaciones.
PRINCIPIOS MORALES REFERIDOS A LA PROPIEDAD PRIVADA, EL BIEN COMÚN Y LA SUBSIDIARIDAD
¿Qué es el hombre?
El hombre es sobre todo una persona que debe realizarse por medio del ejercicio de sus derechos individuales en la sociedad.
Según el pensamiento liberal, una persona que es dueña de una propiedad productiva tiene tres derechos: usarla como mejor le parezca, siempre que no interfiera con los legítimos derechos de los demás; gozar de lo que su propiedad produce; pasarla a otro propietario o, si desea, destruirla.
Por su parte, el pensamiento socialista afirma que la persona es miembro de una sociedad en la que nace y se desarrolla para lograr su felicidad.
PRINCIPIO DE JUSTICIA EN LA DETEMINACIÓN DE SUELDOS, SALARIOS Y UTILIDADES
Las personas que reciben un legítimo beneficio económico por su participación activa o pasiva en una empresa, pertenece a uno de estos tres grupos:
1) los obreros, que reciben un salario.
2) los empleados, que reciben un sueldo.
3) los dueños o accionistas, que reciben utilidades.
Es derecho del trabajador recibir por su trabajo, un sueldo que cubra sus necesidades y le permita tener una vida digna a él y a su familia.
Por principio moral, debe permitir al trabajador y a su familia, tener una vida digna en el plano material, cultural y espiritual
Tres son los factores que deben tenerse en cuenta en la determinación de los salarios y sueldos justos de una empresa.
El sustento del obrero o empleado y de su familia.
La situación de la empresa. Se debe cuidar la situación económica de la empresa.
Las necesidades del bien común. Lo que pasa en la empresa de hecho tiene su efecto en la sociedad.
PRINCIPIO DE JUSTICIA RESPECTO A LA RELACIONES LABORALES
Responsabilidad moral de la empresa por los daños que sus productos ocasionen a sus clientes :
“Teoría del debido cuidado”
El fabricante de un producto tiene la obligación moral de diseñarlo de tal manera sin causar daño a los consumidores.
Cada intermediario debe pasar la información necesaria para asegurar que el cliente (consumidor) sepa cómo usar el producto sin hacerse daño.
“Teoría de la minimización del costo social”
El fabricante de un producto debe asumir toda la responsabilidad moral por lo que pueda pasar al consumidor o cliente.
Por temor a un juicio, los fabricantes sólo lanzarán al mercado productos y servicios que no puedan causar daño al cliente
La teoría de las “obligaciones contractuales”
Supone que existe un contrato explícito o implícito entre el oferente y el cliente.
Todos tienen la obligación moral de crear y mantener un clima de armonía en el que cada persona pueda satisfacer sus legítimas necesidades y realizar su trabajo en paz”. Supone el respeto mutuo y la justicia como base de las relaciones
Al derecho de exigir un buen rendimiento, le corresponde la obligación de pagar un salario justo.