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TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES
CAP I: Objeto y Alcance
La presente Ley tiene por objeto establecer
el (SPIE), que conducirá el proceso de planificación del desarrollo integral del Estado Plurinacional de Bolivia
Art 2: Subsistemas
Planificación
Inversión Pública y Financiamiento Externo para el Desarrollo Integral
Seguimiento y Evaluación Integral de Planes
Art 4: Ámbito de aplicación
Tribunal Constitucional Plurinacional
Instituciones de Control y Defensa de la Sociedad y del Estado
Órgano Electoral
Entidades Territoriales Autónomas
Órgano Judicial
Empresas Públicas
Órgano Ejecutivo
Universidades Públicas
Órgano Legislativo
Art 3: Fines
Lograr que la planificación de largo, mediano y corto plazo tenga un
enfoque integrado y armónico, y sea el resultado del trabajo articulado de los niveles de gobierno
Orientar la asignación óptima y organizada de los recursos financieros
y no financieros del Estado Plurinacional
Realizar el seguimiento y evaluación integral de la planificación, basado en metas, resultados y acciones
Art 6: Fundamentos
Planificación con Integralidad
Es la planificación del desarrollo integral
para Vivir Bien, en sus diferentes dimensiones sociales
Planificación con Complementariedad
Comprende las concurrencias de
acciones, en el marco de metas y resultados comunes
Planificación con Coordinación
Es la coordinación entre el Órgano Rector
del SPIE y las entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de la presente Ley
Planificación con Respeto de Derechos
Consiste en aplicar la planificación
del desarrollo integral para Vivir Bien de largo, mediano y corto plazo, de forma complementaria, compatible e interdependiente
Planificación con Transparencia
Consiste en la generación, procesamiento
y difusión de información sobre la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de los procesos de planificación
El SPIE esta conformado por
Órgano Rector
Instancias Ejecutivas
Art 8: Financiamiento
Los recursos del SPIE podrán provenir de
Tesoro General de la Nación
Préstamos o donaciones nacionales y/o extranjeras
Otros recursos
El financiamiento para la formulación e implementación de planes provendrá de las fuentes establecidas en la normativa vigente
La asignación de recursos de las entidades públicas será priorizada
para la implementación de los planes de mediano y corto plazo
Los presupuestos de las entidades territoriales autónomas para la
implementación de sus planes de mediano y corto plazo, se regirán por lo dispuesto en el Artículo 114 de la Ley N° 031
CAP II: Marco Conceptual y Operativo
Art 10: Gestión integral del SPIE
El SPIE tiene como horizonte la
construcción del Vivir Bien a través del desarrollo integral en armonía con la Madre Tierra, integrando las dimensiones sociales
El SPIE promoverá la gestión de los
sistemas de vida de la Madre Tierra, para alcanzar de forma simultánea y complementaria sistemas productivos sustentables
El SPIE incorpora de forma
integrada la gestión de riesgos, gestión del cambio climático y gestión de sistemas de vida
Art 11: Proceso cíclico
Asignación de recursos
Implementación integral y articulada de los planes
Seguimiento al cumplimiento de las metas, resultados y acciones
contenidas en los planes
Evaluación y ajuste de los planes
Formulación de planes de largo, mediano y corto plazo
Art 12: Responsables de la planificación integral del Estado
Planificación Sectorial y Transversal
Planificación Multisectorial
Planificación Territorial de Desarrollo Integra
Planificación Institucional
Planificación del Estado Plurinacional
Planificación de Empresas Públicas
TITULO II: SUBSISTEMAS DEL SISTEMA DE PLANIFICACIÓN INTEGRAL DEL ESTADO
CAP I: Subsistema de Planificación
Art 13: Alcance del SP
Está constituido por el conjunto de
planes de largo, mediano y corto plazo de todos los niveles
La planificación de largo plazo hasta 25 años
La planificación de mediano plazo hasta 5 años
La planificación de corto plazo está constituida por el POA
Art 14: PGDES
Conduce la planificación integral de largo plazo del Estado
Plurinacional y establece la visión política
Art 15: Plan de desarrollo económico y social
Es el instrumento a través del cual se canaliza la visión política que se desprende del PGDES, materializada en la planificación de mediano plazo
Art 16: PSDI
Se desprenden del PDES y son planes de carácter operativo que permiten integrar en el mediano plazo el accionar de los diferentes sectores
Art 17: PTDI
Constituyen la planificación territorial de desarrollo integral de mediano
plazo de los gobiernos autónomos departamentales, gobiernos autónomos regionales y gobiernos autónomos municipales.
Art 18: PGTC
Están orientados a fortalecer la planificación territorial de desarrollo integral de mediano plazo de las naciones y pueblos que las componen
Art 19: PEI
Permiten a cada entidad o institución pública establecer, en el marco de sus atribuciones, su contribución directa a la implementación del PDES, PSDI, PEM o PTDI según corresponda
Art 20 Planes de empresas publicas
Están articulados al PSDI, constituye la actividad fundamental que
direcciona y orienta la toma de decisiones
Art 21: EDI
Constituyen la planificación a mediano plazo de las regiones, regiones metropolitanas y macro regiones estratégicas
Art 22: Planes Inmediatos
Son formulados por el Ministerio correspondiente
en el marco del PDES y coordinados por el Órgano Rector del SPIE
Art 23: POA
Son la programación de acciones de corto plazo de cada entidad pública señalada en el Artículo 4 de la presente ley
CAP II: Subsistema de Inversión Publica y Financiamiento Externo para el Desarrollo Integral
Art 25: Coordinación y articulación entre órganos
Las funciones de gestión de financiamiento externo bilateral y multilateral, serán coordinadas y articuladas entre los Órganos Rectores del SPIE
Art 26: Reglamentacion
Los principios, procesos, procedimientos e instrumentos técnicos del Subsistema de Inversión Pública y Financiamiento Externo serán definidos mediante reglamentación
Art 24: SIPFE
Es el conjunto de principios, procesos, procedimientos e instrumentos técnicos destinados a la gestión de inversión y el financiamiento externo bilateral y multilateral
CAP III: Subsistema de Seguimiento y Evaluación Integral de Planes
Art 27: Alcance del SEIP
Es el conjunto de lineamientos, metodologías, procedimientos e instrumentos técnicos orientados a sistematizar, analizar y evaluar el cumplimiento de las metas
Este subsistema permite verificar los avances y logros en las metas, resultados y acciones
Art 28: Coordinacion
Coordinará y administrará el SEIP, que será aplicado por todas las entidades públicas
Art 29: Seguimiento integral
Realizara el seguimiento integral al PGDES y al PDES a través de la aplicación
del SEIP
Art 31: Evaluación integral
Se realizará en el marco de una valoración cuantitativa y/o cualitativa de medio término, respecto al alcance de las metas, resultados y acciones
TITULO III: PLATAFORMAS DE APOYO AL SISTEMA
DE PLANIFICACIÓN INTEGRAL DEL ESTADO
CAP 1: Aspectos generales de las Plataformas
Art 34: Plataforma Integrada de Planificación
Está a cargo del Órgano Rector del SPIE articula la información del Estado Plurinacional relacionada con los subsistemas del SPIE
Con el propósito de implementar la Plataforma PIP-SPIE, los sistemas
informáticos relacionados con la planificación, inversión pública y financiamiento
El Órgano Rector del SPIE será el responsable del diseño, desarrollo e implementación
Art 35: Plataforma de registro integrado de programas sociales
Es el conjunto de datos oficiales, confiables, oportunos y de alta calidad técnica del Estado Plurinacional que permiten informar, tomar decisiones
Administrará bases de datos e información generada y proporcionada por todas las entidades públicas del Estado Plurinacional
Desarrollarán procesos de articulación e interoperabilidad de sus sistemas de información con la Plataforma INFO-SPIE
Art 36:Plataforma de registro integrado de programas sociales
Se crea para el registro integrado de programas sociales y económicos y de sus beneficiarios, S será reglamentado en un Decreto Supremo específico
Estará a cargo de la gestión, administración, desarrollo conceptual, técnico y metodológico del registro de extrema pobreza en el país
Los programas sociales remitirán información de forma obligatoria a la
Plataforma PREGIPS la que articulará esta información en una base de datos integrada
ALVARO RAMIREZ BORDA