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Constitución de 1917 - Coggle Diagram
Constitución de 1917
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DOGMATICA
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La forma de suspender las garantías individuales en los casos que señala la misma Constitución (artículo 29)
ORGANICA
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En el artículo 39 está plasmada la teoría sobre la soberanía de Juan Jacobo Rousseau y en el artículo 41 y 49 la teoría de la “división de poderes” de Montesquieu.
El 49 constitucional concreta la “División de podres” con los pesos y contrapesos implícitos y con las fatales consecuencias que sin duda no previo su autor.
Capítulo I de la soberanía Nacional y la forma de gobierno y en particular los artículos 39, 41 y 49 constitucionales.
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