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Psicología Forense en el Ámbito Familiar: - Coggle Diagram
Psicología Forense en el Ámbito Familiar:
La psicología jurídica se estructura:
En un ámbito de la protección como en el de justicia juvenil.
En base a dos leyes:
La ley 1/96: que representa un claro avance de las consideraciones psicojurídicas respecto a la figura del menor, su necesidad de protección.
La ley 21/87 que tuvo un antecedente con la ley 1/96; por la que se modifico en diversos artículos del Código Civil en materia de protección y adopción de menores.
La intervención del psicólogo en un planteamiento del problema:
La psicología es el que se encarga de una tutela de los menores, como la que opera en las instancias judiciales, se enraíza en los equipos de trabajo pluri disciplinares, que son:
Equipos Técnicos, cuya heterogeneidad profesional es básicamente equivalente a:
Psicólogos, educadores, pedagogos y trabajadores sociales.
En el artículo 26 de las competencias ejercidas en materia de protección de menores por las delegaciones provinciales, informando de su apartado 2 que tendrán bajo su dependencia a los equipos técnicos del menor, son:
a) El desenvolvimiento de programas preventivos y de intervención que elabore y ponga en marcha la Dirección Gral. de la Familia.
b) La recepción de los casos de menores que se puedan encontrar en una situación de des protección y la investigación y evaluación de su situación personal, familiar, educativa y social.
c) La elaboración del plan de actuación y elevación al delegado provincial de la propuesta de actuación más ajustada para cada menor.
d) La ejecución del plan de actuación y el seguimiento de las medidas que fuesen adoptadas.
e) La valoración técnica de idoneidad de los solicitantes de acogimiento familiar y de adopción y la elevación al delegado provincial de las correspondientes propuestas.
f) La supervisión del buen funcionamiento y el asesoramiento técnico a las instituciones de menores en su ámbito de actuación.
g) La coordinación de las actuaciones que se van a desarrollar con las personas y las instituciones implicadas en la problemática de los menores atendidos.
Desde el ámbito de la psicología en el área de reformas de menores, se cree que se destacan algunas cuestiones:
Existe cuando menos, confusión respecto al papel que deben jugar los Equipos Técnicos de los Juzgados de Menores, en los procesos de mediación.
escaso o nulo papel en el seguimiento de las medidas judiciales, al tener la comunidad autónoma la titularidad de la ejecución.
Escasos instrumentos científicos específicos al ámbito forense de menores.
Dificultades en los procesos de coordinación con los servicios de protección y ejecución de medidas judiciales.
Ausencia de participación en la comisión inter institucional de apoyo al menor.