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ARTÍCULO TERCERO DE LA CONSTITUCIÓN MEXICANA Trejo Madrigal Fernando…
ARTÍCULO TERCERO DE LA CONSTITUCIÓN MEXICANA Trejo Madrigal Fernando
Derecho a la educación
Características
Pública
Universal
Gratuita
Impartida por el Estado
Obligatoria
Educación inicial, básica y media superior
Educación superior en términos de la fracción X
Políticas para fomentar inclusión, permanencia y continuidad
Proporcionar medios de acceso
Laica
Libertad de creencias (Frac I)
Debe fomentar
Amor a la patria
Respeto a derechos y libertades
Desarrollo de todas las facultades
Cultura de la paz y conciencia solidaria internacional
Honestidad y valores
Criterios (Frac II)
Democrática
Mejoramiento económico y cultural del pueblo
Nacional
Comprensión de nuestros problemas
Aprovechamiento de nuestros recursos
Acrecentamiento de nuestra cultura
Mejorar convivencia humana
Respeto por la naturaleza
Dignidad de la persona
Diversidad cultural
Fraternidad e igualdad
Integridad de las familias
Equitativa
Combatir desigualdades socioeconómicas y de género por el Estado
Inclusiva
Diversas capacidades, circunstancias y necesidades
Eliminar barreras de aprendizaje
Intercultural
Convivencia armónica entre personas y comunidades
Respeto y reconocimiento de diferencias y derechos
Integral
Educar para la vida
Capacidades cognitivas, socioemocionales y físicas para alcanzar el bienestar
Excelencia
Mejoramiento integral constante
Máximo logro de aprendizaje de los educandos
Fortalecimiento de lazos entre escuela y comunidad
Prioridad niños, adolescentes, jóvenes
Profesores
Agentes de transformación social
Derecho
Sistema ntegral de formación capacitación y actualización
Retroalimentación de evaluaciones diagnósticas
Admisión, promoción y reconocimiento por procesos de selección públicos
Estado
Garantías a planteles educativos
Infraestructura educativa y su mantenimiento
Condiciones idóneas del entorno
Material didáctico
Obligaciones
Determinar objetivos de la educación inicial
Determinar planes y programas de estudio de educación básica y normal
Considerar contextos y realidades regionales
Con profesores
Fortalecer instituciones de formación docente y escuelas normales
Investigación
Apoyo a investigación e innovación científica, humanística y tecnológica
Acceso abierto a la información que derive de ella
Congreso de la Unión
Unificar y coordinar la educación en todo el país
Expedir leyes necesarias
Fijar aportaciones para este servicio público
Sistema Nacional de Mejora Continua de la Educación
Organismo público descentralizado
Elaboración de estudios y evaluaciones diagnósticas
Determinar indicadores de la mejora continua de la educación
Sugerir elementos para la mejora de objetivos de la educación
Contenido de la educación
Perspectiva de género
Enfoque en derechos humanos e igualdad
Integral
Ciencias
Humanidades
Cuidado al medio ambiente
Lenguas indígenas
Estilo de vida saludable
Arte
Basada en el progreso científico, contra la ignorancia (Frac. II)
Los particulares
Impartir educación en los términos que marca la ley
Obligaciones en educación inicial y básica
Obtener autorización del poder público
Cumplir fines y criterios (Frac II)
Cumplir planes y programas
Estado otorgará el reconocimiento de validez oficial de estudios
Universidades e instituciones superiores con autonomía
Libertad de cátedra e investigación
Educación, investigación y difusión acordes al artículo 3o
Facultad y responsabilidad de gobernarse a sí mismas
Determinarán planes y programas de estudio
Administrar su patrimonio
Fines de educación, investigación y educación acordes al artículo 3o