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CÓDIGO DE TRABAJO (EL TRABAJADOR) - Coggle Diagram
CÓDIGO DE TRABAJO (EL TRABAJADOR)
DERECHOS
Afiliación a la Seguridad Social desde el primer día de trabajo.
Percibir como mínimo el sueldo básico(425 usd) en función de la Tabla sectorial.
Percibir horas extras y suplementarias, en el caso que trabajes estas horas.
A percibir los décimos tercero y cuarto en las fechas establecidas.
Percibir los Fondos de Reserva a partir del segundo año de trabajo.
A un periodo de vacaciones laborales remuneradas.
Recibir una compensación por el salario digno.
A un periodo de licencia por paternidad( nuevo padre).
A un periodo de licencia por maternidad(madre).
Al subsidio por maternidad para la nueva madre.
Solicitar certificados relativos a su trabajo.
A recibir el pago de utilidades.
BENEFICIOS DEL AFILIADO AL IESS
Seguro de Salud: Atención médica en los hospitales del IESS.
Extender servicios de salud para cónyuge e hijos
Seguro de desempleo.
Subsidio por enfermedad y maternidad.
Acceso a préstamos Quirografarios.
Acceso a préstamos hipotecarios.
Seguro de riesgo de trabajo.
Derecho a jubilación por vejez.
Derecho a jubilación por invalidez.
Derecho a jubilación por incapacidad.
Derecho a pensión de montepio.
Auxilio de funerales.
OBLIGACIONES
Ejecutar el trabajo en los términos del contrato, con la intensidad, cuidado y esmero apropiados, en la forma, tiempo y lugar convenidos
Restituir al empleador los materiales no usados y conservar en buen estado los instrumentos y útiles de trabajo...
Trabajar, en casos de peligro o siniestro inminentes, por un tiempo mayor que el señalado para la jornada máxima y aún en los días de descanso, cuando peligren los intereses de sus compañeros o del empleador. En estos casos tendrá derecho al aumento de remuneración de acuerdo con la ley
Observar buena conducta durante el trabajo
Cumplir las disposiciones del reglamento interno expedido en forma legal
Dar aviso al empleador cuando por causa justa faltare al trabajo
Comunicar al empleador o a su representante los peligros de daños materiales que amenacen la vida o los intereses de empleadores o trabajadores
Guardar escrupulosamente los secretos técnicos, comerciales o de fabricación de los productos o los conocimiento que tenga por razón del trabajo que ejecuta.
Sujetarse a las medidas preventivas e higiénicas que impongan las autoridades
PROHIBICIONES
Poner en peligro su propia seguridad, la de sus compañeros de trabajo o la de otras personas en los lugares de trabajo.
Tomar de la fábrica, taller, empresa o establecimiento, sin permiso del empleador, útiles de trabajo, materia prima o artículos elaborados.
Presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo la acción de estupefacientes.
Portar armas durante las horas de trabajo, a no ser con permiso de la autoridad respectiva.
Hacer colectas en el lugar de trabajo durante las horas de labor, salvo permiso del empleador.
Usar los útiles y herramientas suministrados por el empleador en objetos distintos del trabajo a que están destinados.
Hacer competencia al empleador en la elaboración o fabricación de los artículos de la empresa.
Suspender el trabajo, salvo el caso de huelga.
Abandonar el trabajo sin causa legal.
RECLAMOS Y DENUNCIAS
Los reclamos de afiliados por falta de afiliación o por incumplimiento de obligaciones con el IESS de parte del empleador
El empleador podrá dar por terminado el contrato de trabajo entre otras por denuncias injustificadas, respecto de las obligaciones en el Seguro Social, pero si la denuncia es justificada se garantiza al trabajador dos años de estabilidad en trabajos permanentes (Art. 172 numeral 6 del Código de Trabajo).