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Reglamento de investigaciones y publicaciones
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Reglamento de investigaciones y publicaciones
Informe Final
Artículo 49
La calificación de la Socialización del Informe Final se dará en la escala de cero a cinco.
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Artículo 51
Para la socialización del Trabajo de Grado se deberá actualizar en los espacios académicos que el respectivo Consejo de Facultad determine.
Artículo 44
Informe final
Escrito, original, sin empastar, carta remisoria firmada por el asesor.
Artículo 46
Socialización final
Pertinencia, validez y calidad del trabajo de grado en la exposición oral.
Artículo 47
Para La socialización del informe final se debe tener algunos aspectos.
Artículo 50
El plazo máximo para Socializar el Informe Final del Trabajo de Grado será de 1 año.
Artículo 52
Culminada la actualización, tanto académica como del Trabajo de Grado, el educando podrá realizar la socialización final de su trabajo de grado.
Artículo 45
El jurado tendrá un plazo máximo de ocho (8) días, observaciones y recomendaciones.
Artículo 48
El jurado tendrá en cuenta 7 criterios generales para evaluar la Socialización del Informe Final.
Presentado por:
Neidy Gissela Fueltan de la Cruz
María Camila España Cisneros
Carolina Estefanía Rojas Rosero
Sandra Milena Flórez Rojas
Semestre: Quinto