Codigo de la niñez y la adolescencia
Este Código dispone sobre la protección integral que el Estado, la sociedad y la familia deben garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes que viven en Nicaragua, con el fin de lograr su desarrollo integral y el disfrute pleno de sus derechos, en un marco de libertad, dignidad y equidad.
está compuesto por “ libros" (primero, segundo y tercer), Luego por títulos, capítulos y artículos.
la Constitución Política de la República de Nicaragua en su artículo setenta y uno establece la plena vigencia de la Convención sobre los Derechos del Niño
en Nicaragua las niñas, niños y adolescentes representan un poco más de la mitad de la población del país. .
La familia, la sociedad, el Estado y las instituciones privadas deben brindar protección integral a las niñas, niños y adolescentes, reconociéndoles sus derechos y respetándoles plenamente sus libertades y garantías como personas
TITULO PRELIMINAR
Fundamentos y Principios del Código del (artículo 1 al 11)
• Se debe priorizar los interés de los niñs en las políticas de gobierno
• Asegura los derechos de los niñs de las comunidades indígenas
• Prohíbe la discriminación y explotación infantil
• Asegura los derechos de liberta, participación, dignidad.
• Define la niñez hasta los 13 años, y la adolescencia entre los 13 y 18 años de edad.
• Regula la protección integral Asia los niñs
[*[Libro primero]
TÍTULO I
DERECHOS, LIBERTADES, GARANTIAS Y DEBERES CAPITULO I. DERECHOS CIVILES Y POLITICOS (Articulo 12 al 20)
Derecho ala vida desde su Concepción
Derecho a una nacionalidad
Prohíbe injerencias en la vida privada de los niñs, en sus opiniones, pensando, conciencia etc.
Asegura sus derechos de ciudadanos consignados en la constitución, a partir de los 16 años
CAPITULO II
DE LA CONVIVENCIA FAMILIAR ( del artículo 21 al 32)
Derecho a pertenecer a su familia
La madre y el padre tendrán la responsabilidad compartida de los hijos, en todos los aspectos económicos, educativos y de protección.
El estado garantiza la pensión alimenticia art.25
En caso de que se les maltrate así sean sus padres deberán ser juzgados por la ley
Derecho aser adoptados como medida exepcional prescrita por la ley.
CAPITULO III
DERECHOS A LA SALUD, SEGURIDAD SOCIAL, CULTURA Y RECREACION
(del art. 33 al 53) derechos desde la vida intrauterina del bebé.(Arto. 33 al 52)
derecho a disfrutar del más alto nivel posible de saludfísica y mental,
educación, tiempo libre, medio ambiente
Vivienda, cultura, recreación, seguridad social y a los servicios para el tratamiento de las enfermedades y rehabilitación de la salud
Asegura la atención médica para los niñ@s.
CAPITULO IV
DE LOS DEBERES Y RESPONSABILIDADES DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES (Arto. 54 y 55)
las niñas, niños y adolescentes, como sujetos sociales y de derecho, tienen deberes y responsabilidades
según su edad, para con ellos mismos, con la familia, la escuela, la comunidad y la patria.
Deberes de cumplir con los valores de educación y cuidado a todo su medio.
LIBRO SEGUNDO
DE LA POLITICA Y EL CONSEJO NACIONAL DE ATENCION INTEGRAL A LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA TITULO I
(art. 56 al 61)
es de naturaleza pública y se formulará y ejecutará a través de un Consejo multisectorial establecido por el Estado, de responsabilidad compartida del gobierno y las distintas expresiones de la sociedad civil
TITULO II DEL CONSEJO NACIONAL DE ATENCIÓN
Y PROTECCION INTEGRAL ( art. 62 y 63)
Créase el Consejo Nacional de Atención y Protección Integral a la Niñez y la Adolescencia, el que estará integrado por organismos gubernamentales y de la sociedad civil.
TITULO III DE LA PREVENCION Y PROTECCION ESPECIAL
CAPITULO I DE LA PREVENCION ( art. 64 al 75)
Las medidas de prevención están dirigidas a las instituciones gubernamentales y no gubernamentales, establecimientos públicos y privados, se prohibí la explotación laboral infantil La entra a centros para adultos, la promoción de imagens de menos, entre otros..
CAPITULO II DE LA PROTECCION ESPECIAL (Arto. 76 al 79)
atención y protección especial a las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en situaciones de abusos, incapacidad e inseguridad familiar.
CAPITULO III DE LAS MEDIDAS ESPECIALES DE PROTECCION (Arto. 80 al 89)
Cuando la autoridad administrativa tuviere conocimiento por cualquier medio, que alguna niña, niño y adolescente se encuentre en cualquiera de las circunstancias establecidas en el artículo 76 de este Código, iniciará de inmediato la investigación y comprobación de dichas circunstancias
CAPITULO IV
DE LAS ORGANIZACIONES Y CENTROS QUE TRABAJAN CON LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA
(Arto. 90 al 94)
obligaciones de las organizaciones.
asociaciones no gubernamentales que trabajan con las niñas, niños y adolescente
LIBRO TERCERO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL ESPECIALIZADA
TITULO I JUSTICIA PENAL DEL ADOLESCENTE CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
(Arto. 95 al 100 ) La Justicia Penal Especial del Adolescente
establecida en el presente Código, se aplicará a los Adolescentes que tuvieren 13 años cumplidos y que sean menores de 18 años, al momento de la comisión de un hecho tipificado como delito.
CAPITULO II DERECHOS Y GARANTIAS FUNDAMENTALES (Arto. 101 al 111)
Las y los adolescentes sujetos a la Justicia Penal de Adolescente gozarán de los derechos, libertades y garantías reconocidos en la Constitución Política
PROCESO
CAPITULO I ( art. 112 al 117)ORGANOS ENCARGADOS D E ADMINISTRAR LA JUSTICIA PENAL DEL ADOLESCENTE
TITULO III DE LOS PROCEDIMIENTOS en la justicia penal CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES (Arto. 128 al 144) el proceso penal de adolescentes
CAPITULO II SUJETOS PROCESALES
(Arto. 118 al 127)
CAPITULO II LA CONCILIACION (Arto. 145 al 182) la conciliación es un acto jurisdiccional
CAPITULO III PRESCRIPCION (Arto. 183 y 184)
Penas que pueden ser impuestas. La acción penal prescribirá a los cinco años en el caso de delitos contra la vida, delitos sexuales, delitos contra la integridad física y delitos de tráfico de drogas; en tres años, cuando se trate de cualquier otro tipo de delito de acción pública. En delitos de acción privada y faltas, prescribirá en seis meses.
CAPITULO IV RECURSOS
(Arto. 185al 192)Las partes podrán recurrir de las resoluciones
TITULO IV DE LAS MEDIDAS CAPITULO I
DiSPOSICIONES GENERALES
(Arto. 193 al 195)
DISPOSICIONES, TRANSITORIAS Y FINALES
Arto. 225 al 234) Los procesos en trámite contra adolescentes, con base en hechos regulados como infracción penal, que al momento de la comisión del hecho, su edad estuviere comprendida entre los 15 años cumplidos y no mayores de 18 años, continuarán tramitándose conforme a lo dispuesto en el presente Código y se
Trabajo de la clase
Psicologia y problematica nacional
Lic. Adriana Gutiérrez
Fecha de entrega.
Dom.26 02 22
Dalila Maradiaga González