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Asociación Accidental o de Cuentas en Participación
Objetivo
Las Sociedades Accidentales consiste en constituir un fondo monetario mutuo de cooperación para que un grupo de comerciantes realice una operación, con un solo fin, el cual es que todos los miembros interesados obtengan un beneficio sustancioso. Este tipo de sociedades son muy específicas, puesto que su actuar y objetivos solo pueden ser los estipulados mediante contrato.
Las Sociedades Accidentales tienen la finalidad donde los miembros interesados puedan obtener un beneficio sustancioso ya que al cumplir con su objetivo esta sociedad se disuelve por la corta duración para cumplir su función necesaria por comerciantes que indica la ley
DEFINICIÓN
Este contrato de asociación accidental o de cuentas en participación son de dos o más personas que toman interés en una o más operaciones determinadas y transitorias, a cumplirse mediante aportaciones comunes, llevándose a cabo las operaciones por uno o más o todos los asociados.
¿LAS ASOCIACIONES ACCIDENTALES O DE CUENTAS EN PARTICIPACIÓN, SE CONSTITUYEN?
En las primeras formas de organización comercial existentes, son consideradas las precursoras de las sociedades en comandita, por la desigualdad jurídica que existe entre socios ya que sin embargo, se puede aplicar en situaciones en las operaciones comerciales de corta duración que no puedan ser realizadas debido a la insuficiencia de capital y que, además, no se quiera recurrir al crédito.
CARACTERÍSTICAS DE LA ASOCIACIÓN ACCIDENTAL O DE CUENTAS EN PARTICIPACIÓN
Nace de la firma de un contrato entre dos o más personas.• Creada para la prosecución de uno o varios negocios transitorios y determinados, y no así para explotar un giro o desarrollar una actividad.• No tiene personalidad jurídica propia.• No cuenta con una razón o denominación social.• No tiene un patrimonio social.• Es efímera, limitada al objetivo del contrato.• Las utilidades y pérdidas se distribuyen según lo pactado en el contrato.• No debe cumplir los requisitos que se exigen para la constitución de otros tipos societarios.• No requiere de inscripción en el Registro de Comercio
CALIDAD DE LOS ASOCIADOS EN PARTICIPACIÓN
En el caso de las Asociaciones accidentales, los miembros participan de manera interna, proponiendo sus opiniones sin respaldo legal.
LIBERTAD PROBATORIA
La prueba de la existencia del origen convencional de la asociación en participación es libre. La regulación de las relaciones internas es diferida a la autonomía de la voluntad de los partícipes.
RESPONSABILIDAD DE LOS PARTICIPES
Las operaciones comerciales, materia del contrato, las realiza el gestor en su propio nombre, bajo su responsabilidad crédito personal, en forma ilimitada. La responsabilidad de los partícipes ocultos se limitará al valor de sus aportes, salvo que en el contrato se haya pactado una responsabilidad adicional.
EJECUCIÓN DE LAS OPERACIONESQuien ejecuta las operaciones a su nombre y bajo su crédito personal se denomina partícipe activo o gestor del negocio o negocios objeto del contrato. De esta manera, actúa a su nombre, adquiere derechos y contrae obligaciones, comprometiendo así su responsabilidad.
RELACIÓN ENTRE LOS PARTICIPES
Salvo algunas modificaciones de naturaleza jurídica de la participación la relación entre los partícipes son los mismos derechos y obligaciones que la sociedad en comandita simple confiere e impone a los socios entre sí.
DERECHOS DE LOS PARTICIPES OCULTOS
Además de lo pactado en el contrato, los partícipes ocultos tendrán derecho a revisar todos los libros y documentos de la participación y a que el gestor rinda cuentas de su gestión en las fechas pactadas para el efecto
RENDICIÓN DE CUENTASEl gestor tendrá la obligación de rendir cuentas, toda vez que actúa amanera de administrador de bienes ajenos.
DIVISIÓN DE GANANCIAS Y PERDIDAS
Las partes deberán convenir la proporción en que estos participarán en las ganancias o pérdidas obtenidas por la asociación
NORMA DE CARÁCTER SUPLETORIO
En lo no previsto en el contrato de participación, para regular las relaciones de los partícipes, durante la asociación, como a la liquidación del negocio, se aplicarán las reglas previstas en el Código de Comercio para la sociedad en comandita simple.
REQUISITOS PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD ACCIDENTAL
Los principales requisitos para conformar un contrato de asociación accidental están especificados en el artículo 127 el Código de Comercio
REQUISITOS
Lugar y fecha de celebración del acto.
Nombre, edad, estado civil, nacionalidad, profesión, domicilio y número de la cédula de identidad de las personas físicas y nombre, naturaleza, nacionalidad y domicilio de las personas jurídicas que intervengan en la constitución.
Razón social o denominación y domicilio de la sociedad.
Objeto social, que debe ser preciso y determinado.
Marco Jurídico
Según él código de comercio que rige el Estado Plurinacional de Bolivia, las asociaciones accidentales son denominadas también cuentas en Participación.
Código De Comercio
Este tipo de asociaciones no tienen personalidad jurídica propia carece de denominación social.
NOMBRE.- DAVID AIZA HUAQUIPA
TURNO.- MAÑANA