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REGIMEN GENERAL DE LEY - Coggle Diagram
REGIMEN GENERAL DE LEY
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Te corresponde este régimen, si eres:
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instituciones de crédito, de seguros y fianzas
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organismos descentralizados que comercialicen bienes o servicios, y
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Cuando hayas dejado de cumplir alguna obligación o hay un error, debes presentar la declaración omitida o hacer las complementarias correspondientes.
Si corriges o cumples de manera voluntaria o espontánea no se te impondrán sanciones o multas; sin embargo, si lo haces por requerimiento de la autoridad se te impondrá la sanción que corresponda.
No hay limitación de actividades para pertenecer en este régimen: pueden ser importadores, exportadores, fabricantes, comercializadoras y prestadoras de servicios.