La ley Federal de Procedimiento administrativo soslaya está controversia, puesto que, sin aclarar cuáles son unos y cuáles son otros, en su artículo 3o. dice que son elementos y requisitos del acto administrativo:.
I. Ser expedido por órgano competente, a través de servidor público, y en caso de que dicho órgano fuere colegiado, reúna las formalidades de la ley o decreto para emitirlo;
II. Tener objeto que pueda ser materia del mismo, determinado o determinable, preciso en cuanto a las circunstancias de tiempo y lugar, y previsto por la ley;
III. Cumplir con la finalidad de interés público regulado por las normas en que se concreta, sin que puedan perseguirse otros fines distintos;
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