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LA SITUACIÓN DEL INDIVIDUO - Coggle Diagram
LA SITUACIÓN DEL INDIVIDUO
EDAD MEDIA
La época feudal caracterizada por el dominio del poseedor de la tierra sobre aquellos que la cultivaban. Dio origen a la figura de la servidumbre, la propiedad territorial confería derecho al dueño sobre los que la trabajaban, no existía la libertad humana como factor inherente a la personalidad.
PERSIA Y MESOPOTAMIA
Tenían mezcladas sus creencias religiosas con las políticas, y la casta sacerdotal formaba parte de su casta gobernante o influía en ella. En esta época era reconocido el código Hamurabi, en el cual se reconocían y protegían los principales derechos, la vida y la propiedad.
EPOCA PRIMITIVA
En la época primitiva los derechos y dignidad del ser humano no eran reconocidos como derecho, ni existían; puesto que el jefe de la tribu era quien gozaba de todo el respeto y el poder de las personas miembros de la tribu, teniendo en su poder de decidir sobre la vida de estos, incluyendo los derechos de la vida y la muerte.
CHINA
El ambiente jurídico, político y social propicio a que la institución de tales derechos o garantías sea el democratico. Moh-ti y de Mencio sostenían que el elemento más importante de un Estado es el pueblo.
PUEBLO HEBREO
En este pueblo la actividad de los gobernantes estaba restringida por normas religiosas teocráticas. Se dirigían por el talmud, en el cual se reconocían algunos derechos de los súbditos, reconocidos como un pacto entre Dios y el pueblo.
LA INDIA
Para evitar las injusticias que en su desenfrenado libertinaje que cometían los fuertes en contra de los débiles, fue necesario constituir el Estado no como forma de perfeccionamiento humano, sino como una urgencia de protección mutua.
GRECIA
ESPARTA
En esta época el individuo tampoco gozaba de los derechos fundamentales como persona. Estos no eran reconocidos por la polis y no eran oponibles ante la autoridad. Por lo tanto, no gozaban de derechos públicos individuales.
ATENAS
En Atenas los ciudadanos gozaban de una libertad fáctica frente al poder público. Podían libremente actuar ante él e incluso eran capaces de impugnar o criticar el proceder que tenían, durante las asambleas.
ESPAÑA
En abril de 1931 se implanta el régimen republicano, en la constitución de ese año contiene un gran catálogo de garantías individuales, y se constituyen medios para su protección.
EGIPTO
Su comunidad política estaba marcada por el carácter religioso y el absolutismo político, de sus gobernantes, faraones y su casta sacerdotal. En esta cultura estuvo presente la idea de dignidad especial del ser humano.
ROMA
En Roma el individuo y sus derechos de libertad como exigible y oponible al poder público, era similar al que privaba en Grecia. El ciudadano romano poseía status libertatis, el cual era un elemento de su personalidad jurídica y se refería a sus relaciones civiles y políticas. Sin embargo era concebido como un derecho reconocido por el orden jurídico, sino que era un estado de oposición a la condición de siervo.