Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
PROCEDIMIENTO DE HUELGA, En términos del Articulo 450 Fracción II LFT, SI…
-
-
SI NO
El Presidente de la República, el
Gobernador del Estado o el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México
Declarará
obligatorio el contrato-ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 414
-
-
-
-
-
- Si el contrato colectivo ha sido celebrado por una mayoría de dos terceras partes de los
trabajadores sindicalizados de determinada rama de la industria.
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-