Artículo 32. Las regiones notariales en que se integran los municipios del Estado para los efectos de esta ley, son las siguientes: I. REGION 01 NORTE, que comprende los siguientes municipios: Bolaños. Colotlán. Chimaltitán. Huejúcar. Huejuquilla el Alto. Mezquitic. San Martín de Bolaños. Santa María de los Ángeles. Totatiche. Villa Guerrero. II. REGION 02, ALTOS NORTE, que comprende los siguientes municipios: Encarnación de Díaz. Lagos de Moreno. Ojuelos de Jalisco. San Juan de los Lagos. Teocaltiche. Unión de San Antonio. Villa Hidalgo. San Diego de Alejandría. III. REGION 03, ALTOS SUR, que se integra con los siguientes municipios: Acatic. Arandas. Cañadas de Obregón. Jalostotitlán. Jesús María. Mexticacán. San Julián. San Miguel el Alto. Tepatitlán de Morelos. Valle de Guadalupe. Yahualica de González Gallo. San Ignacio Cerro Gordo y Cuquio IV. REGION 04, Ciénega, comprendiendo los siguientes municipios: Jamay. La Barca. Ocotlán. Poncitlán. Tototlán. Zapotlán del Rey. Chapala. Jocotepec. Tuxcueca. Tizapán el Alto. Atotonilco el Alto. Ayotlán. Degollado. V. REGION 05, Sureste, comprendiendo los siguientes municipios: Concepción de Buenos Aires. Jilotlán de los Dolores. Manzanilla de la Paz. Manuel M. Diéguez. Mazamitla. Pihuamo. Quitupan. Tamazula de Gordiano. Tecalitlán. Valle de Juárez. VI. REGION 06, SUR, que comprende los siguientes municipios: Amacueca. Atemajac de Brizuela. Atoyac. Zapotlán el Grande. Gómez Farías. Sayula. Tapalpa. Techaluta de Montenegro. Teocuitatlán de Corona. Tolimán. Tonila. Tuxpan. San Gabriel. Zacoalco de Torres. Zapotiltic. Zapotitlán de Vadillo. VII. REGION 07, Sierra de Amula, integrada por los siguientes municipios: Atengo. Ejutla. El Grullo. Juchitlán. El Limón. Tecolotlán. Tenamaxtlán. Tonaya. Tuxcacuesco. Unión de Tula. Chiquilistlán. VIII. REGION 08, Costa Sur, integrada por los Municipios de: Autllán de Navarro. Casimiro Castillo. Cihuatlán. Cuautitlán de García Barragán. La Huerta. Purificación. IX. REGION 09, Costa Norte, integrada por los Municipios de: Cabo Corrientes. Puerto Vallarta.Tomatlán. X. REGION 10, Sierra Occidental, integrada por los siguientes Municipios: Atenguillo. Guachinango. Mixtlán. Ayutla. Cuautla. Mascota. San Sebastián del Oeste. Talpa de Allende. XI. REGION 11, Valles, que comprende los siguientes Municipios: Ahualulco de Mercado. Amatitán. Ameca. San Juanito de Escobedo. Cocula. El Arenal. Etzatlán. Hostotipaquillo. Magdalena. San Marcos. San Martín de Hidalgo. Tala. Tequila. Teuchitlán. XII. REGION 12, Centro, que comprende los siguientes Municipios. Acatlán de Juárez. El Salto. Ixtlahuacán de los Membrillos. Juanacatlán. Villa Corona y Zapotlanejo. XIII. SUBREGION CENTRO CONURBADA, comprendiendo los Municipios siguientes: Ixtlahuacán del Río. Guadalajara. San Cristóbal de la Barranca. Tlaquepaque. Tonalá. Zapopan. Tlajomulco de Zúñiga.