Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION 2022 (CYSM) - Coggle Diagram
PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION 2022
(CYSM)
RAMO 33
Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios.
Este ramo tiene la misión de fortalecer la capacidad de respuesta de los gobiernos locales y municipales, en el ejercicio de los recursos que le permitan elevar la eficiencia y eficacia en la atención de las demandas de educación, salud, infraestructura básica, fortalecimiento financiero y seguridad publica.
FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTOI DE LOS MUNICIPIOS Y DE LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL (FORTAMUN)
Las aportaciones federales que reciban los municipios a través de las entidades y las demarcaciones territoriales por conducto del distrito federal, se destinaran a la satisfacción de sus requerimientos, dando prioridad al cumplimiento de sus obligaciones financieras.
FONDO DE APORTACIONES MULTIPLES (FAM)
(Asistencia Social) Este es un sistema nacional para el desarrollo integral de la familia (DIF) a nivel nacional, donde el propósito es contribuir a un estado nutricional adecuado y al desarrollo comunitario de la población en condiciones de vulnerabilidad. (Infraestructura Educativa) este se destinara ala construcción, equipamiento y rehabilitación de infraestructura física de los niveles de educación básica, media superior y superior según las necesidades de cada nivel.
FONDO DE APORTACIONES PARA LA NOMINA EDUCACTIVA Y GASTO OPERATIVO (FONE)
Los recursos de este son destinados para cubrir el pago de los servicios personales correspondientes al personal que ocupa las plazas transferidas a los estados en el marco del Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica.
FONDO DE APORTACIONES PARA LOS SERVICIOS DE SALUD(FASSA)
Esta permite mejorar la salud de la población social, debido a la emergencia sanitaria por el coronavirus SARS-Cov-2, se reforzaran las medidas para el cuidado de la salud de la población, donde se garantiza la hospitalización y el abasto de medicamentos, donde se realizara el acompañamiento de todas las personas positivas y a la orientación a los contactos y familiares del mismo.
FONDO DE APORTACIONES PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL (FAIS)
Tiene el objetivo de contribuir al bienestar social, mediante el financiamiento de obras y acciones en materia de infraestructura que ayuden a combatir la pobreza extrema y el rezago social, conforme a lo previsto en la Ley de Coordinación Fiscal y en la Ley General de Desarrollo Social.
FONDO DE APORTACIONES PARA LA EDUCACION TECNOLOGICA Y DE ADULTOS (FAETA)
Todos los estados recibirán los recursos económicos complementarios para prestar los servicios de educación tecnológica y de educación para adultos, cuya operación asuman de conformidad con los convenios de coordinación suscritos en el ejecutivo federal.
FONDO DE APORTACIONES PARA LA SEGURIDAD PUBLICA DE LOS ESTADOS Y EL DISTRITO FEDERAL (FASP)
Estos estarán destinados atender las prioridades nacionales determinadas por el consejo nacional de seguridad publica, las conferencias nacionales de procuración de justicia, de secretaria de seguridad publica, del sistema penitenciario y de seguridad publica municipal, con base en la atribución que el Art. 44 de la LCF le confiere al consejo.
FONDO DE APORTACIPONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS (FAFEF)
Los recursos de este se transfieren a las entidades federativas donde se destinaran a la inversión de la infraestructura física; saneamiento financiero a través de la amortización de la deuda publica, apoyar al saneamiento de pensiones, modernización de los registros públicos.
RAMO 28
Participaciones a entidades Federativas y Municipios.
Este se refiere a los recursos que se transfieren a las entidades federativas y municipios, correspondientes a participaciones en ingresos federales e incentivos económicos.
FONDO GENERAL DE PARTICIPACIONES
Son el 20% de la RFP donde se distribuye a través de la formula establecida en el Art. 2o de la ley de Coordinación Fiscal, donde están los criterios de contribución económica y recaudatorios, ponderados por la población.
FONDO DE FOMENTO MUNICIPAL
Este se integra con el 1% de la RFP donde se distribuye con la formula establecida en el Art. 2-A de la Ley de Coordinación Fiscal, donde se realiza la recaudación local y coordinación de municipios y gobierno estatal para administrar el impuesto predial e incrementar la recaudación de dicho Tributo.
IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS
Estás participan el 20% de la recaudación que se obtenga por la venta de cerveza, bebidas refrescantes, alcohol, bebidas alcohólicas fermentadas y el 8% de recaudación de tabacos labrados.
FONDO DE FISCALIZCION Y RECAUDACION
Este se integra con el 1.25% el cual premia e incentiva las labores de fiscalización que realizan las entidades federativas.
FONDO DE COMPENSACION
Este se distribuye 2/11 de la recaudación derivada de las cuotas aplicadas a la venta final de gasolina y diésel, estos recursos se distribuyen entre las 10 entidades federativas.
FONDO DE EXTRACCION DE HIDROCARBUROS
Esta conformado de recursos que se transfieren al fondo mexicano de petróleo para la estabilización y desarrollo, en términos del Art. 91 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
FONDO DE COMPENSACION DEL IMPUESTO SOBRE AUTOMOVILES NUEVOS
Este es creado a partir del ejercicio fiscal 2006 con el fin de resarcir a las entidades federativas la disminución de ingresos derivada de la ampliación de la exención de dicho impuesto.
RECAUDACION FEDERAL PARTICIPABLE
Esta se entrega a los municipios colindantes con la frontera o los litorales por los que materialmente se realiza la entrada o la salida del pais de los bienes que se exportan, conforme a lo establecido en el Art. 2-A, Fracción I de la Ley de Coordinación Fiscal.
TRANFERENCIA DEL FONDO MEXICANO DEL PRTOLEO PARA LA ESTABILIZACION Y EL DESARROLLO
La cual esta destinada a los municipios colindantes con la frontera o litorales por los que se realice materialmente la salida del pais de los hidrocarburos.
FONDO DE COMPENSACION DEL REGIMEN DE PEQUENOS CONTRIBUYENTES Y DEL REGIMEN DE INTERMEDIOS
Este se integrara en los términos del Art. 5* transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022.
Conforme a lo establecido en el Art. 3-B de la Ley de Coordinación Fiscal, se entrega a las entidades el 100% de la recaudación que se obtenga del impuesto de la renta que efectivamente se entere a la federación, correspondiente al salario del personal que preste o desempeñe un servicio personal subordinado en las dependencias de la entidad federativa del municipio o alcaldías de la Cuidad de México.