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Administración Pública en Venezuela - Coggle Diagram
Administración Pública en Venezuela
Administración Pública Estadal:
Corresponde a los gobernadores.
Obligadas a mantener la independencia, soberanía e integridad nacional.
.Debe cumplir la Constitución de la República.
Es el ente que se ocupa de gestionar el contacto entre la ciudadanía y el poder público.
Materialmente, se refiere a la actividad administrativa del Estado, es decir, a las necesidades públicas, así como su relación con organismos particulares.
Formalmente, se refiere a los organismos públicos que han recibido del poder político las competencias para atender necesidades puntuales de la ciudadanía en asuntos de interés general, como la salud, la burocracia, etc
Administración Pública Nacional
Esta Ley creada con la finalidad de ampliar y organizar la administración del Estado atendiendo a la organización y competencia de los poderes públicos.
Está formada por las personas jurídicas estatales (entes) y por sus órganos.
Se rige por las disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Administración Pública Central:
El Artículo 45 de La Ley Orgánica de la Administración Pública establece los órganos
superiores de dirección de la Administración Pública Central,
El Presidente de la República.
Vicepresidente Ejecutivo: (Atribuciones Administrativas):
Es el órgano directo y colaborador inmediato del Presidente de la República.
Los ministros y Viceministros:
Son responsables de sus propias resoluciones
Algunos ministerios son:
Ministerio del Poder Popular de Finanzas.
Ministerio del Poder Popular de la Defensa
Ministerio del Poder Popular para la Educación.
Ministerio de Educación Superior.
Ministerio del Poder Popular de Salud y Desarrollo Social.
Administración Pública de los Municipios:
La administración de los municipios corresponde al Alcalde, el control y vigilancia de los
ingresos y gastos corresponde al Contralor Municipal, los cuales gozan de autonomía
Administración Pública de los Distritos Metropolitanos:
Su origen reside al momento que dos o más municipios desean unirse ya sea para compartir la misma actividad económica, social o física, pueden ser de una misma entidad federal o distinta, lo cual será evaluado por la Asamblea Nacional.
Distrito Metropolitano de Caracas (formado por el Estado Miranda y Distrito
Capital).
Descentralización Pública:
Articulo 30 Ley Orgánica de la Administración Pública establece:
Con el principio de profundizar la democracia y de incrementar la eficiencia y eficacia de la gestión de la Administración Publica, se podrán descentralizar competencias y servicios públicos de la República a los estados y municipios, y de los estados y municipios, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley.
Entes de la Descentralización Funcional están clasificados en:
Institutos autónomos.
Empresas del Estado.
Empresas Matrices.
Fundaciones del Estado.
Asociaciones y Sociedades Civiles del Estado