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Norma Oficial Mexicana NOM-025-SSA2-2014. - Coggle Diagram
Norma Oficial Mexicana NOM-025-SSA2-2014.
Para la prestación de servicios de salud en unidades de atención integral hospitalaria médico-psiquiátrica.
Esta norma tiene por objeto establecer criterios de operación y organización de las actividades de los
establecimientos que prestan servicios de atención integral hospitalaria médico-psiquiátrica, la cual será
proporcionada en forma continua, con calidad y calidez y con pleno respeto a los derechos humanos
Esta norma es de observancia obligatoria en todos los establecimientos de los sectores público, social y privado del Sistema Nacional de Salud.
Esta norma tiene por objeto establecer criterios de operación y organización de las actividades de los
establecimientos que prestan servicios de atención integral hospitalaria médico-psiquiátrica, la cual será
proporcionada en forma continua, con calidad y calidez y con pleno respeto a los derechos humanos de las
personas usuarias de estos servicios.
Son actividades inherentes al personal de las unidades de atención integral hospitalaria médicopsiquiátrica, las siguientes:
De promoción de la salud:
Preventivas.
De diagnóstico.
Terapéuticas.
De rehabilitación.
De enseñanza y capacitación.
De investigación científica.
El personal que presta servicios de atención integral hospitalaria médico-psiquiátrica debe ofrecer
atención médica, psiquiátrica y psicológica de calidad a las personas usuarias que requieren de estos
servicios en las unidades de atención integral hospitalaria médico-psiquiátrica del sector público, privado y social.
Las y los prestadores de servicios de atención integral hospitalaria médico-psiquiátrica deben contar con los siguientes elementos:
Instalaciones y equipo apropiado para el desarrollo de sus funciones
Recursos humanos suficientes en número y capacidad técnica, de acuerdo con los indicadores que
cada unidad disponga, con la finalidad de cumplir cabalmente con las funciones de su competencia.
Con la finalidad de incrementar la calidad y seguridad y procurar la calidez y el respeto de los derechos
humanos de las personas usuarias
en la prestación de servicios de atención integral hospitalaria médicopsiquiátrica, el personal responsable de las unidades podrá promover la creación de los siguientes cuerpos
Asamblea de Usuarias/os de cada unidad que pueden estar organizadas a través de los Comités
Ciudadanos de Apoyo, para conocer sus opiniones, así como promover otros mecanismos para conocer las
necesidades de las personas usuarias y sus familiares.
Comités Ciudadanos de Apoyo, los cuales pueden ser formados de conformidad con el Apéndice
Informativo A de esta norma.