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Bases Constitucionales del Turismo - Coggle Diagram
Bases Constitucionales del Turismo
3 Facultades de la cámara de Senadores
XI.- Analizar y aprobar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, en el plazo que disponga la ley, previa comparecencia del titular de la secretaría del ramo.
I.- Analizar la política exterior desarrollada por el Ejecutivo Federal con base en los informes anuales que el Presidente de la República
III.- Autorizarlo también para que pueda permitir la salida de tropas nacionales fuera de los límites del País
3 Facultades del Presidente
articulo 89
VI.- Preservar la seguridad nacional, en los términos de la ley respectiva, y disponer de la totalidad de la Fuerza Armada
I.- Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia.
VII.- Disponer de la Guardia Nacional en los términos que señale la ley;
Plan Nacional de Desarrollo
es el documento en el que el Gobierno de México
explica cuáles son sus objetivos y estrategias prioritarias durante el sexenio.
El Órgano facultado para expedir la legislación turística es
La Legislatura del Congreso de la Unión
Lo regula
El articulo 73
de la Carta Magna
3 Facultades del Congreso de la Unión
XXIX.- Para establecer contribuciones:
3a.- La autoridad sanitaria será ejecutiva y sus disposiciones serán
obedecidas por las autoridades administrativas del País.
XXIX-D.- Para expedir leyes sobre planeación nacional del desarrollo económico y social, así como en materia de información estadística y geográfica de interés nacional.
3 Facultades de la Camara de Diputados
VII.- Aprobar el Plan Nacional de Desarrollo en el plazo que disponga la ley.
VI.- Revisar la Cuenta Pública del año anterior, con el objeto de evaluar los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ha ajustado a los criterios señalados por el Presupuesto y verificar el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas.
II.- Coordinar y evaluar, sin perjuicio de su autonomía técnica y de gestión, el desempeño de las funciones de la Auditoría Superior de la Federación, en los términos que disponga la ley;