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Normas de Información Financiera (NIAS), Rodríguez Zárate Carlos,…
Normas de Información Financiera (NIAS)
NIA 450 - Evaluación de las incorrecciones identificadas durante la realización de
la auditoría
Alcance
Responsabilidad que
tiene el auditor de evaluar el efecto de las incorrecciones identificadas en la auditoría y, en su caso, de las incorrecciones no corregidas en los estados
financieros.
Entrada en vigor
Esta NIA es aplicable a las auditorías de estados financieros correspondientes a
periodos iniciados a partir del martes, 15 de diciembre de 2009
Objetivo:
El objetivo del auditor es evaluar:
a)
El efecto en la auditoría de las incorrecciones identificadas
b)
En su caso, el efecto de las incorrecciones no corregidas en los estados financieros.
Definiciones
a)
Incorrección: diferencia entre la cantidad, clasiicación, presentación o información revelada
b)
Incorrecciones no corregidas: incorrecciones que el auditor ha acumulado durante la realización de la auditoría y que no han sido corregidas.
Documentación
b)
Todas las incorrecciones acumuladas durante la realización de la auditoría y si han sido corregidas
c)
La conclusión del auditor sobre si las incorrecciones no corregidas son materiales, individualmente o de forma agregada, y la base para dicha conclusión
a)
El importe por debajo del cual las incorrecciones se consideran claramente insignificantes
Guía de aplicación y otras anotaciones explicativas
Las incorrecciones pueden ser el resultado de:
b)
Una omisión de una cantidad o de una información a revelar, así como de información a revelar inadecuada o incompleta
c)
Una estimación contable incorrecta por no
considerar hechos o por una interpretación claramente errónea de ellos
a)
Una inexactitud al recoger o procesar los datos a partir de los cuales se preparan los estados financieros
e)
Una inadecuada clasificación, agregación o desagregación de la información
NIA 500 - Evidencia de auditoría
Alcance
Explica lo que constituye evidencia de auditoría en una auditoría de estados financieros, y trata de la responsabilidad que tiene el auditor de diseñar y aplicar procedimientos de auditoría para obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada que le permita alcanzar conclusiones razonables en las que basar su opinión.
Entrada en vigor
Esta NIA es aplicable a las auditorías de estados financieros correspondientes a periodos
iniciados a partir del martes, 15 de diciembre de 2009.
Objetivo
El objetivo del auditor es diseñar y aplicar procedimientos de auditoría de forma que le permita obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada para poder alcanzar conclusiones razonables en las que basar su opinión.
Definiciones
d)
Experto de la dirección: persona u organización especializada en un campo distinto al de la contabilidad o auditoría, cuyo trabajo en ese campo se utiliza por la entidad para facilitar la preparación de los estados financieros.
e)
Suficiencia (de la evidencia de auditoría): medida cuantitativa de la evidencia de auditoría.
c)
Evidencia de auditoría: información utilizada por el auditor para alcanzar las conclusiones en las que basa su opinión.
b)
Adecuación (de la evidencia de auditoría): medida cualitativa de la evidencia de auditoría.
a)
Registros contables: registros de asientos contables iniciales y documentación de soporte.
Requerimientos
Evidencia de auditoría suficiente y adecuada
El auditor diseñará y aplicará procedimientos de auditoría que sean adecuados, teniendo en cuenta las circunstancias, con el in de obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada.
Guía de Aplicación y Otras Anotaciones Explicativas
Inspección:
La inspección implica el examen de registros o de documentos, ya sean internos o externos, en papel, en soporte electrónico o en otro medio, o un examen físico de un activo.
Observación:
La observación consiste en presenciar un proceso o un procedimiento aplicados por otras personas.
Reejecución:
La reejecución implica la ejecución independiente por parte del auditor de procedimientos o de controles que en origen fueron realizados como parte del control interno de la entidad.
Procedimientos analíticos:
Los procedimientos analíticos consisten en evaluaciones de información financiera realizadas mediante el análisis de las relaciones que razonablemente quepa suponer que existan entre datos financieros y no financieros.
Indagación:
La indagación consiste en la búsqueda de información, financiera o no financiera, a través de personas bien informadas tanto de dentro como de fuera de la entidad.
NIA 501 - Evidencia de auditoría-Consideraciones
específicas para determinadas áreas
Alcance
Trata de las consideraciones específicas que el
auditor ha de tener en cuenta en relación con la obtención de evidencia de auditoría suficiente y adecuada.
Entrada en vigor
Esta NIA es aplicable a las auditorías de estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 15 de diciembre de 2009.
Objetivo
El objetivo del auditor es obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre las siguientes cuestiones:
b)
La totalidad de los litigios y reclamaciones en los que interviene la entidad.
c)
La presentación y revelación de la información por segmentos de conformidad con el marco de información financiera aplicable.
a)
La realidad y el estado de las existencias.
Existencias
Si las existencias son materiales para los estados financieros, el auditor obtendrá evidencia de auditoría suficiente y adecuada con respecto a su realidad y a su estado mediante:
a)
Su presencia en el recuento físico de las existencias, salvo que no sea factible, con el in de:
b)
Observar la aplicación de los procedimientos de recuento de la dirección.
c)
Inspeccionar las existencias.
a)
Evaluar las instrucciones y los procedimientos de la dirección relativos al registro y control de los resultados del recuento físico de las existencias de la entidad.
d)
Realizar pruebas de recuento.
b)
Aplicar procedimientos de auditoría a los registros iniciales de existencias de la entidad con el in de determinar si relejan con exactitud los resultados reales del recuento de las existencias.
Litigios y reclamaciones
El auditor diseñará y aplicará procedimientos de auditoría con el fin de identificar los litigios y las reclamaciones que afecten a la entidad y que puedan originar un riesgo de incorrección material, incluidos los siguientes:
b)
Revisión de las actas de reuniones de los responsables del gobierno de la entidad y de la correspondencia entre la entidad y sus asesores jurídicos externos.
c)
Revisión de las cuentas de gastos jurídicos.
a)
Indagaciones ante la dirección y, en su caso, ante otras personas de la entidad,
incluidos los asesores jurídicos internos.
NIA 505 - Confirmaciones externas
Alcance
Trata del empleo por parte del auditor de
procedimientos de confirmación externa para obtener evidencia de auditoría de conformidad con los requerimientos de la NIA 3301Y de la NIA 500.
Objetivo
El objetivo del auditor cuando utiliza procedimientos de confirmación externa es diseñar y aplicar dichos procedimientos con el in de obtener evidencia de auditoría relevante y fiable.
Definiciones
a)
Confirmación externa - Evidencia de auditoría obtenida mediante una respuesta directa escrita de un tercero (la parte confirmante) dirigida al auditor, en formato papel, en soporte electrónico u otro medio.
b)
Solicitud de confirmación positiva - Solicitud a la parte confirmante para que responda directamente al auditor.
c)
Solicitud de confirmación negativa - Solicitud a la parte confirmante para que responda directamente al auditor únicamente en caso de no estar de acuerdo con la información incluida en la solicitud.
d)
Sin contestación - Falta de respuesta, o respuesta parcial, de la parte confirmante, a una solicitud de confirmación positiva, o una solicitud de confirmación devuelta sin entregar.
e)
Contestación en disconformidad - Respuesta que pone de manifiesto una discrepancia entre la información sobre la que se solicitó confirmación a la parte confirmante, o aquella contenida en los registros de la entidad, y la información facilitada por la parte confirmante.
Requerimientos
Procedimientos de confirmación externa
Al utilizar procedimientos de confirmación externa, el auditor mantendrá el control de las solicitudes de confirmación externa, lo que implicará:
b)
La selección de la parte confirmante adecuada
c)
El diseño de las solicitudes de confirmación.
a)
La determinación de la información que ha de confirmarse o solicitarse
d)
El envío de las solicitudes a la parte confirmante, incluidas las solicitudes de seguimiento, cuando proceda.
Confirmaciones negativas
Las confirmaciones negativas proporcionan evidencia de auditoría menos convincente que las confirmaciones positivas. Por consiguiente, el auditor no utilizará solicitudes de confirmación negativa como único procedimiento de auditoría sustantivo para responder.
Evaluación de la evidencia obtenida
El auditor evaluará si los resultados de los procedimientos de confirmación externa proporcionan evidencia de auditoría relevante y fiable, o si es necesaria evidencia de auditoría adicional.
NIA 520 - Procedimientos analíticos
Alcance
Trata del empleo por el auditor de
procedimientos analíticos como procedimientos sustantivos ("procedimientos analíticos sustantivos"). También trata de la responsabilidad que tiene el auditor de aplicar, en una
fecha cercana a la finalización de la auditoría, procedimientos analíticos que le faciliten alcanzar una conclusión global sobre los estados financieros.
Entrada en vigor
Esta NIA es aplicable a las auditorías de estados financieros correspondientes a periodos
iniciados a partir del 15 de diciembre de 2009.
Objetivos
Los objetivos del auditor son:
a)
La obtención de evidencia de auditoría relevante y fiable mediante la utilización de procedimientos analíticos sustantivos
b)
El diseño y la aplicación, en una fecha cercana a la finalización de la auditoría, de procedimientos analíticos que le ayuden a alcanzar una conclusión global sobre si los estados financieros son congruentes con su conocimiento de la entidad.
Definición
Procedimientos analíticos:
Significa evaluaciones de
información financiera realizadas mediante el análisis de las relaciones plausibles entre datos financieros y no financieros.
Requerimientos
Procedimientos analíticos sustantivos
Al diseñar y aplicar procedimientos analíticos sustantivos, tanto por sí solos como en combinación con pruebas de detalle, como procedimientos sustantivos de conformidad con la NIA 330, EL auditor:
b)
Evaluará la fiabilidad de los datos a partir de los cuales se define su expectativa con respecto a las cantidades registradas o ratios.
c)
Definirá una expectativa con respecto a las cantidades registradas o ratios y evaluará si la expectativa es lo suficientemente precisa como para identificar una incorrección que, ya sea individualmente o de forma agregada con otras incorrecciones, pueda llevar a que los
estados financieros contengan una incorrección material.
a)
Determinará la idoneidad de procedimientos analíticos sustantivos específicos para determinadas afirmaciones, teniendo en cuenta los riesgos valorados de incorrección material y las pruebas de detalle, en su caso, en relación con dichas afirmaciones.
d)
Cuantificará cualquier diferencia entre las cantidades registradas y los valores esperados que se considere aceptable.
Procedimientos analíticos que facilitan una conclusión global
El auditor diseñará y aplicará, en una fecha cercana a la finalización de la auditoría, procedimientos analíticos que le faciliten alcanzar una conclusión global sobre si los estados financieros son congruentes con su conocimiento de la entidad.
Guía de aplicación y otras anotaciones explicativas
Definición de procedimientos analíticos
Los procedimientos analíticos incluyen la consideración de comparaciones entre la información financiera de la entidad y, por ejemplo:
Los resultados previstos de la entidad, tales como presupuestos y pronósticos, o
expectativas del auditor, tales como una estimación de las amortizaciones.
La información sectorial similar, tal como una comparación del ratio entre las ventas y las cuentas a cobrar de la entidad con medias del sector o con otras entidades de dimensión comparable pertenecientes al mismo sector.
La información comparable de periodos anteriores
Los procedimientos analíticos también incluyen la consideración de relaciones, por
ejemplo:
Entre elementos de información financiera de los que, sobre la base de la experiencia de la entidad, se espera que sigan una pauta predecible, tales como los porcentajes de margen bruto.
Entre información financiera e información no financiera relevante, como costes salariales
y número de empleados.
Rodríguez Zárate Carlos
Universidad de Guadalajara
Lic. Contaduría Pública
218730707
Dictamen, opiniones y otros informes del auditor