En la actualidad los derechos del hombre equivale a reconocer la existencia de derechos fundamentales en el ser humano, los cuales posee por su propia naturaleza y dignidad, que inherentes a su condición no pueden ser restringidos por poder alguno o cualquier otra condición, al respecto, (Vallo, 2003), en su libro “La Libertad y el Derecho Filosóficamente, manifiesta: “La condición humana exige del reconocimiento de ciertos derechos o Garantías, sin las cuales no sería factible vivir con dignidad. Entre ellos tenemos fundamentalmente el Derecho a la Vida, a la Libertad, a un trato Digno y decoroso, todo derecho objetivo o subjetivo es del hombre y para el hombre, los derechos humanos podríamos definirlos como aquellos que se adquieren por causa del nacimiento”. (pág. 32) Los deberes del Estado, establecidos dentro de nuestra Constitución de la República en su Art. 3 numeral 1 es la garantía y efectividad de los Derechos Humanos sin discriminación de ninguna naturaleza, la misma que dice: “Art. 3.- Son deberes primordiales del Estado: 1. Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales, en particular la educación, la salud, la alimentación, la seguridad social y el agua para sus habitantes.”