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CÓDIGO DE COMERCIO - Coggle Diagram
CÓDIGO DE COMERCIO
CONTRATO DE AGENCIA
Es el contrato el cual un empresario comerciante, denominado agente, asume de manera estable y permanente el encargo de promover, explotar y/o concluir negocios comerciales.
El agente
Está facultado en general para promover y explotar los negocios comerciales del principal, y podrá concluirlos.
Comunicar al principal toda la información que disponga, cuando la misma sea necesaria
Llevar una contabilidad independiente, este patrimonio, debe resaltarse,no tiene ningún reconocimiento
Ocuparse con la diligencia profesional exigible a la actividad profesional que ejecuta, a la promoción
Recibir en nombre del principal cualquier reclamación de terceros sobre defectos de bienes y/o servicios.
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El principal
Podrá servirse de uno o varios agentes en una misma zona y para el mismo ramo de actividades o productos.
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Pagar la retribución económica pactada, así como la reparación pactada.
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Termina por las mismas causas del mandato, y a su terminación
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EL CORRETAJE
Aquel en el que una persona encarga a otra, que toma el nombre de corredor, la gestión de realizar un determinado negocio.
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Al corredor se lo puede denominar intermediario, y las partes no están ligadas.
Tenga el encargo de ofertar contratos, actos y operaciones de compra y venta, hipoteca.
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Corredor
Persona con capacidad para ejercer el comercio, por su especial conocimiento de los mercados.
Personas, naturales o jurídicas, que reciben por escrito el encargo de ofertar o demandar contratos, actos y operaciones de carácter mercantil.
El contrato de corretaje se otorgará por escrito, y en él se hará constar, obligatoriamente.
Las personas jurídicas que se dediquen al corretaje de bienes raíces prestarán sus servicios
mediante la intervención de corredores de bienes raíces habilitados,
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