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Naturaleza Jurídica de la Fe Publica, Naturaleza Jurídica de la Fe Publica…
Naturaleza Jurídica de la Fe Publica
Concepciones de
Notario
Es un profesional encargado de una función propiamente publica
Se considera como aquel Funcionario Publico autorizado para dar fe, a los contratos, testamentos y actos extrajudiciales conforme a la ley.
Ley del Notariado
Profesional del derecho que desarrolla una Función Publica que consiste en recibir, interpreta y dar forma legal a la voluntad de las partes
Redacta instrumentos a adecuados a ese fin y confirmando la autenticidad, y conserva su origen
Es el titular de la función Publica consistente en dar de manera esencial de dar fe, a los actos jurídicos que ante su presencia celebran
Fe Publica
Valor jurídico del contenido que se plasma en los documentos
También se puede decir que son acciones de afirmación objetiva en la cual se aceptan verdaderamente lo que emiten los mienbros de la sociedad o sujeto que requiere del acto de la fe publica
Es un acto meramente de creencia, confianza o seguridad que emana del documento, que el notario autoriza
Función autenticadora, de los actos y negocios jurídicos, eminentemente legal
Función que se realiza en nombre del Estado, para autenticar la verdad oficial, cuya Función de dar Fe Publica
Se confiere a los Abogados y Notarios de la Republica que son Notarios, así como ha funcionarios que determina la Ley del Notariado de El salvador
Regulación de la Fe Publica en cuanto a quienes pueden ejercer funciones notariales
Art. 1. inc. segundo de la Ley del Notariado. La fe pública concedida al Notario es plena respecto a los hechos que, en las actuaciones notariales, personalmente ejecuta o comprueba.
Art. 5.- de la Ley del Notariado. Los Jefes de Misión Diplomática, Cónsules Generales, Cónsules y Vicecónsules, podrán ejercer las funciones de Notario en los países en que estén acreditados.
Los Jueces de Primera Instancia con jurisdicción en lo Civil, podrán ejercer el notariado tratándose de testamentos
Derecho Notarial
Se reconoce como un ente socialmente útil, que exige una preparación y entrega a su actividad
El notario debe estar actualizado, en las diversas ramas jurídica
Función Primordial
Dar fe, de los actos jurídicos que requieren carácter Publico en su realización
Brindar seguridad Jurídica en forma ágil, expedita y con plena ciencia social y de servicio
Relación entre El Notario y Fe Publica
El Estado mismo da seguridad de que lo escrito en el instrumento por buena fe se asume verdadero
Función Preventiva de Litigio, el notario evita a toda costa un conflicto que pueda emanar de la obligación o interés
Se hace un contrato valido apegado a derecho, expreso por voluntad de partes, apegado a la legalidad a fin de evitar disgustos entre los constituyentes
La Fe Publica esta dirigida hacerse constar siempre en forma documental
El Estado tiene la Obligación de crear la Seguridad Jurídica
Instrumento Publico-Notarial
Ante el Notario
La Fe Publica Notarial nace de la Incertidumbre
A fin que los actos realizador por particulares, el Estado pueda garantizarlos ante cualquier situación que atenta contra ellos, es decir su legalidad jurídica. Ante un Notario
El Estado debe determinar en su forma como va establecer la seguridad jurídica, de los particulares es decir la sociedad
Instrumento Publico o Notarial- Fe Publica
Requisitos de la Fe Publica
Evidencia en el Notario, que surta efectos para las partes constituyentes o terceros
Solemnidad o Rigor Formal de Fe Publica
Objetividad
Establecido con forme a la ley
Coordinación Legal entre las partes que actúan en dicha coordinación
Características
La exactitud
La integridad
Jorge Rios- La Integridad es el acto de materializar el acto o hecho para el futuro el cual debe hacerse en instrumento y protocolo notarial. Lo registra el para que dicho Instrumento tenga certeza jurídica ante terceros
Dación de Fe
Consiste en la narración que se emite al notario de voluntad o consenso de las partes a los hechos propios y comportamientos ajenos del acto jurídico Se materializa la evidencia de los acontecimientos, naturaleza o hechos, los cuales son instrumentados por el notario
La forma en que se manifiesta la dación de fe publica, es a través de como fueron relatados los hechos por las partes y como fue documentado
La forma de la Dación de Fe es escrita
Bajo aspecto del criterio de: Objetividad e Integridad
Exactitud Natural. Narración de los hechos completos confinado entre limites temporales
Exactitud Funcional. Se centra solamente en lo que le interesa el acto o negocio jurídico
Efecto de la Exactitud de la Fe Publica
Erga Omnes
Tipos de Fe Publica
Originaria
Es cuando los actos o hechos a dar fe, han sido presenciado por el notario
Derivada
Cuando el Notario da fe, a los hechos o acontecimientos por terceros. y este no ha presenciado los hechos
La Fe Publica es asignada a a ser concedida por los Notarios
Clases de Fe Publica
Notarial-Judicial-Mercantil- Registral- Administrativa - Registro Civil entre otros
Naturaleza Jurídica de la Fe Publica según Maria Leoba Castañeda Rivas