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Ley General de los Derechos de los NNA, Jacqueline Alejandra Segura Moreno…
Ley General de los Derechos de los NNA
Interés superior del niño
Principio jurídico interpretativo fundamental
Se elige una interpretación que satisfaga de manera efectiva el intrés superior del niño.
Norma procedimental
Anteponer el derecho del NNA en todo momento.
Derecho sustantivo
El interés superior del niño en todo momento sera consideración primordial.
VIII
Derecho de acceso a una vida libre de violencia y a la integridad personal
Artículo 46
NNA tienen derecho a vivir una vida libre de toda forma de violencia.
Artículo 47
Las autoridades están obligadas a prevenir, atender y sancionar los casos en que se cean afectados por:
I.
El descuido,m negligencia, abandono o abuso físico, psicológico o sexual.
II.
La corrupción de menores
III.
Trata de menores
IV.
El tráfico de menores
V.
El trabajo antes de la edad minima de 15 años.
VI.
El trabajo en menores de 15 años que pueda impedir su desarrollo físico o mental.
VII.
La incitación o coacción para que participen en delitos.
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II
Derecho a la prioridad
Artículo 17
Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a que se les asegure prioridad en el ejercicio de todos sus derechos, especialmente a que:
I.
Se les brinde protección y socorro en cualquier circunstancia y con la oportunidad necesaria.
II.
Se les atienda antes que a las personas adulta en todos los servicios en igualdad de ondiciones.
III.
Se les considere para el diseño y ejecución de las políticas públicas necesarias para la protección de sus derechos.
Artículo18
En todas medidas concernientes a NNA se tomará en cuenta, como consideración primordial, al interés superior de la niñez.
VI
Derecho a no ser discriminado
Artículo 39
NNA tienen derecho a no ser sujetos de discriminación alguna ni de limitación o restricción de sus derechos.
Artículo 40
Las autoridades están obligadas a adoptar medidas y a realizar las acciones afirmativas necesarias para garantizar al no discriinación.
Artículo 41
Las instalaciones públicas deberán reportar semanalmente al CONAPRED las medidas de nivelación, inclusión y adciones afirmativas.
Artículo 42
Las autoridades adaptarán medidas para la eliminación de usos, costumbres, prácticas culturales o prejuicios que atenten contra la igualdad.
X
Derecho a la protección de la salud y a la seguridad social
Artículo 53
NNA con discapacidad tienen derecho a la igualdad sustantiva y a disfrutar de los derechos contenidos en la presente ley.
Artículo 54
Se esta obligado a implememntar medidas de nivelación, inclusión y acciones afirmativas para el respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad.
Artículo 56
NNA con discapacidad tienen derecho en todo momento a que se les facilite un intérprete o aquellos medios tecnológicos que les permitan obtener información de foema comprensible.
XI
Derecho a la educación
Artículo 57
NNA tienen derecho a una educación de calidad basada en un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva.
Artículo 58
La educación tendrá las siguientes fines:
I.
Fomentar los valores fundamentales
II.
Desaroolar la personalidad, las aptitudes y las potencialidades
III.
Involucrar sentimientos de identidad y pertinencia
IV.
Orientar respecto a la formación profesional
V.
Apoyar a NNA que sean victimas de maltrato
VI.
Prevenir el delito y las adicciones
VII.
Emprender actividades extracurriculares
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Artículo 59
Las autoridades llevarán a cabo las acciones necesarias para propiciar las condiciones idóneas para crear un ambiente libre de violencia.
Jacqueline Alejandra Segura Moreno