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SUJETOS PROCESALES, 1.La persona procesada, 2. La víctima, La Fiscalía…
SUJETOS PROCESALES
Se considera persona procesada a la persona natural o jurídica, contra la cual,
la o el fiscal formule cargos.
La persona procesada tendrá la potestad de
ejercer todos los derechos que le reconoce la Constitución.
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Se consideran víctimas:
Quien ha sufrido agresión física, psicológica, sexual o cualquier tipo de daño
La o el cónyuge o pareja en unión libre, incluso en parejas del mismo sexo;
ascendientes o descendientes
Las personas naturales o jurídicas y demás sujetos de derechos que han sufrido algún daño a un bien jurídico.
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La o el socio o accionista de una compañía legalmente constituida que haya sido
afectada por infracciones
El Estado y las personas jurídicas del sector público o privado que resulten
afectadas por una infracción.
Cualquier persona que tenga interés directo en caso de aquellas infracciones
que afecten intereses colectivos o difusos.
4. La Defensa
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Defensoría Pública.- La Defensoría Pública garantizará el pleno e igual
acceso a la justicia de las personas.
3.La Fiscalía
Dirigir el Sistema de protección y asistencia de víctimas, testigos y otros
participantes en el proceso.
Expedir en coordinación con las entidades que apoyan al Sistema especializado
integral de investigación
Organizar y dirigir el Sistema especializado integral de investigación, de
medicina legal y ciencias forenses
Garantizar la intervención de fiscales especializados en delitos contra la
integridad sexual y reproductiva
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Recibir denuncias escritas o verbales en los delitos en los que procede el
ejercicio público de la acción.
Reconocer los lugares, huellas, señales, armas, objetos e instrumentos con la
intervención del personal del Sistema especializado
Formular cargos, impulsar y sustentar la acusación de haber mérito o abstenerse
del ejercicio público de la acción.
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La Fiscalía dirige la investigación procesal y procesal
penal e interviene hasta la finalización del proceso. Ejerce las siguientes
atribuciones:
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