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Garantías de seguridad jurídica y Objeto jurídico
Relación jurídica
Deber jurídico: Del sujeto pasivo que lo lleva a cumplir con la prestación exigida
Derecho subjetivo: Que permite el cumplimiento de la prestación
Hecho jurídico: Como hipótesis o supuesto contemplado en la norma
Valores o fines jurídicos
Justicia: Valor superior del ordenamiento jurídico en el que confluyen los de razonabilidad, igualdad y equidad
Paz: Estado a nivel social o personal, en el cual se encuentra el equilibrio y estabilidad emocional
Seguridad: : Garantía dada al individuo por el estado de que su persona, bienes y sus derechos no serán violentados
Bien común: Consiste en garantizar que por la justicia, el orden, y la seguridad en general de proteger la vida de las personas
Consecuencia juridica
Sanción: Es el armando compulsivo o punitivo que el ordenamiento jurídico
Intervención del estado: Consiste en que el, por medio de sus órganos pertinentes, intervenga aplicando la sanción preestablecido
Hecho ilícito: Es la realización de la conducta contraria a lo prescrito por la norma jurídica
Sujeto Jurídico
Personas naturales: Todos los individuos de la especie humana
Personas jurídicas: Son personas ficticias capaces de ejercer derechos o de una obligación jurídica
Objeto jurídico
Sujeto activo: En favor del titular de un derecho, que tiene por ello el derecho de exigir esta conducta
Sujeto pasivo: Consiste en una determinada conducta que debe cumplir el sujeto obligado por la norma jurídica
Garantías de seguridad jurídica
Articulo 18: Prisión preventiva
Solo se podrá privar a alguien de su libertad por delitos que tenga pena corporal
Señala que el sistema penal sera organizado por los gobiernos de la federación
Articulo 19: Prisión preventiva por oficio
Ninguna detención podrá sobrepasar los 3 días sin haberse declarado una auto de formal prisión
Todo proceso se seguirá por el delito señalado, si hubiese otro, se tendría que repetir el proceso con el otro delito
Articulo 17: Justicia y protección
Prohíbe la justicia por cuenta propia, y señala que el derecho a recibir justicia, gratuitamente
Señala que en ningún supuesto se puede ser aprisionado por deudas de carácter civil
Articulo 20: Proceso penal
Ser juzgado en audiencia publica
No se podrá prolongar la prisión por ninguna cosa de dinero, y tampoco la prisión preventiva por ninguna cosa
Articulo 16: Orden de cateo y de Aprehensión
Consagra el derecho a la privacidad y respeto por el hogar y patrimonio
Prohíbe a las autoridades interrumpir un domicilio sin una orden judicial
Articulo 21: Investigación de delitos
Se autoriza únicamente a la autoridad judicial para imponer penas
Si se trata de multas se tendrá que tomar en cuanta el ingreso o sueldo que tenga el infractor
Articulo 14: No retroactividad de la ley
Se establece el derecho fundamental la vida, la libertad y de sus propiedades
Señala que la aplicación de la ley se ajustara exactamente a lo dispuesto por las normas
Articulo 22: Tortura y pena de muerte
La acción de extinción de dominio se ejercitará por el Ministerio Público a través de un procedimiento autónomo del penal
A toda persona que se considere afectada, se le deberá garantizar el acceso a los medios de defensa adecuados
Articulo 8: Derecho de petición
: Las peticiones o instancias que formulen los asuntos activos por las garantías individuales sean atendidas
Asegura la necesaria comunicación entre gobernados y autoridades
Articulo 23: Juicio criminal
Ningún juicio criminal deberá tener mas de tres instancias, nadie puede ser juzgado por el mismo delito.
Queda prohibida la practica de absolver la instancia.