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CASO 5 - Coggle Diagram
CASO 5
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La jurisdicción y competencia de los jueces para las acciones sucesorias se rige por las disposiciones de la Ley de Organización Judicial y el Código de Procedimiento Civil, de manera que estos compilados rigen el fuero ante el cual se llevarán las controversias sucesoras que surgen como consecuencia de la apertura de una sucesión.
El Código de Procedimiento Civil establece, “Art. 10 inciso 3) En las sucesiones, será el juez competente:
El del lugar del ultimo domicilio del causante, o donde se hallare cualquiera de los bienes sucesorios.
Si el fallecimiento ocurriere en el extranjero, el último domicilio que el causante hubiere tenido en la República, o el de donde se hallare cualquiera de los bienes hereditarios.
Demodo que son dos los jueces que pueden tenercompetencia para conocer de las acciones emergentes de la apertura de una sucesión: el del lugar del último domicilio del de cujus, y del lugar donde se encuentran los bienes sucesibles.
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