POR VOLUNTAD DEL EMPLEADOR ART. 172: Por faltas repetidas e injustificadas, no cumple con el horario de ingreso, por faltar 3 días consecutivos en el mismos mes, por indisciplina o desobediencia, por conducta inapropiada, por injurias graves, por ineptitud, por denuncia injustificada, por no acatar las medidas de seguridad.