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PRINCIPIOS - Coggle Diagram
PRINCIPIOS
Principio de Legalidad
el principio de legalidad, al ser el mismo
fundamental para el ordenamiento jurídico administrativo, toda vez que
en un Estado de Derecho.
La Constitución Política del Estado, en su artículo 232º, establece como uno de los principios que rigen el ejercicio de la Administración Pública en Bolivia. y el artículo 4º de la Ley Nº 2341
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Principio de Buena Fe
“Bona Fides”
Locución latina del Derecho Romano, que
consagra el principio de buena fe e implica una presunción de confianza a favor del administrado.
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Principio de Tipicidad
“Nullum crimen, sine praevia lege” Locución latina que se traduce como: "No existe delito, sin Ley previa".
La Ley Nº 2341, en su artículo 73º
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Principio de Autotutela
Implica el privilegio de la Administración para ejecutar sus propias determinaciones sin necesidad de auxilio judicial
como lo señala el artículo 4º, inciso b), de la Ley Nº 2341
Principio de Publicidad
Implica principalmente la garantía a favor del administrado, de hacer de su conocimiento pleno e irrestricto, la sustanciación del proceso, la práctica de la prueba, los alegatos y los fundamentos de las resoluciones.
La Constitución Política del Estado señala que la Administración Pública se rige, entre otros, por el principio de publicidad (Art. 232º), y la Ley
Nº 2341, en su artículo 4º, inciso m).