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Convención de Viena y Ecuador, Bejarano Leonardo - Coggle Diagram
Convención de Viena y Ecuador
Obligación y derechos de Ecuador según la carta de la ONU y la convención
Carta
Respetar “las obligaciones emanadas de lostratados…” (Preámbulo)
A la no intervención en los “asuntos que sonesencialmente de la jurisdicción interna”
A que se reconozca y respete la “ igualdad soberana” (art. 2)
Arreglar “las controversias internacionales por medios pacíficos” (art. 2)
Cumplir “de buena fe las obligaciones contraídas…”.
Practicar “la tolerancia y a convivir en paz…” (Id.)
Convención
Reconocer “la importancia de los tratados como fuente del derecho internacional”..
Reconocer y aplicar los principios universalmente reconocidos: “libre consentimiento, buena fe y pacta sunt servanda”.
Procurar el mantenimiento de “la justicia y el respeto a las obligaciones emanadas de los tratados”.
Exigir el respeto de “los derechos humanos, libre determinación de los pueblos, prohibición de la amenaza o el uso de la fuerza, , etc.”
Estructura de la convencion
PARTE 4
Enmienda y modificación de los tratados.
PARTE 5
Nulidad, terminación y suspensión de los tratados
PARTE 3
Observancia, aplicación e interpretación de los tratados.
PARTE 6
Disposiciones diversas.
PARTE 2
Celebración y entrada en vigor de los tratados
PARTE 7
Depositarios, notificaciones, correcciones y registro
PARTE 1
Alcance de la convenciòn y terminos
PARTE 8
Disposiciones finales.
La convención Fue suscrita en Viena el 23 de mayo de 1969, consta de 85artículos y entró en vigor el 27 de enero de 1980. Fue elaborada por la Comisión de Derecho Internacional de la Organización de las Naciones Unidas. Su objetivo fue codificar las normas consuetudinarias de los tratados y, además, desarrollarlas progresivamente. Ecuador firmo el 20 de febrero de 1928, ratificó la Convención el 11 de febrero de 2005 y entró en vigencia para el país el 11 de Marzo del 2005,pero aun no forma parte de este instrumento internacional.
Planteamiento
Ecuador plantea no incorporar el articulo 4, argumento el formar de tratados comerciales por la fuerza
Ratificaciòn
28 de julio 2003
Bejarano Leonardo