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EFECTOS DE LA POSESIÓN - Coggle Diagram
EFECTOS DE LA POSESIÓN
INTRODUCCIÓN
A. FUNCIÓN LEGITIMADORA
FUNCIÓN AD POSSESIONEM
PERMITE COMPORTARSE COMO TITULAR DEL DERECHO QUE APARENTEMENTE OSTENTA
FUNCIÓN AD DEFENSIONEM
PERMITE LA DEFENSA DEL DERECHO QUE APARENTEMENTE OSTENTA
B. FUNCIÓN MODIFICADORA
PERMITE LA ADQUISICIÓN DEL DERECHO POR USUCAPIÓN
A. FUNCIÓN LEGITIMADORA AD POSESIONEM
POSESION COMO APARIENCIA/PRESUNCIÓN LEGAL
A. APARIENCIA JURÍDICA: ES UNA SITUACIÓN JURIDICA EN QUE SE ADOPTA DE FORMA EXTERNA UN COMPORTAMIENTAMIENTO RESPECTO DE LAS COSAS Y DE LOS DERECHOS, EN QUE SE GENERA LA CONFIANZA DE LA TITULARIDAD DEL POSEEDOR COSAS Y DERECHOS, Y PUEDE EJERCITAR JUSTA Y LEGITIMAMENTE LAS FACULTADES DERIVADAS ESTOS DERECHOS
EN RESUMEN: LA DETENTACIÓN, TENENCIA O POSESIÓN DE UNA COSA GENERA LA CONFIANZA DE QUE ES TITULAR DEL UN TITULO QUE LE PERMITE DETENTAR, POSEER Y TENER LA COSA
B. PRESUNCIÓN LEGAL
EL POSEEDOR EN CONCEPTO DE DUEÑO TIENE LA PRESUNCIÓN LEGAL (IURIS TANTUM, ACEPTA PRUEBA EN CONTRARIO) DE QUE POSEE CON JUSTO TITULO Y NO TIENE LA OBLIGACIÓN DE DEMOSTRARLO
QUE ES EL JUSTO TITULO? 3 POSTURAS
ES UN DOCUMENTO ACREEDITATIVO DE LA TITULARIDAD DEL DERECHO, QUE PERMITE LA POSESIÓN. ES EL DOCUMENTO QUE ACREEDITA LA JUSTA CAUSA POR LA QUE SE POSEE
ES UN NEGOCIO JURIDICO, ANTERIOR, VALIDO Y EXISTENTE, POR EL CUAL PERMITE LA POSESIÓN
INVERSIÓN CARGA DE LA PRUEBA: QUIEN PONGA EN DUDA LA TITULARIDAD DEL POSEEDOR DEBE DE PROBAR QUE NO HAY NEGOCIO JURÍDICO
PRESUNCIÓN DE PROPIEDAD POSICIÓN AGERMANADA: LA MERA PRESUNCIÓN PERMITE EL EJERCICIO DEL TITULO A TODOS LOS EFECTOS
PERMITE EJERCITAR ACCIONES PROPIAS DEL DERECHO POSEIDO. NO COMO POSEEDOR SINO COMO TITUAR
NO ES VIABLE: LA JURISPRUDENCIA A ESTABLECIDO QUE ES NECESARIO PROBAR EL TITULO DE PROPIEDAD LLEVAR A CABO ACCIONES LEGALES
PUNTO DE LLEGADA: NO SE ESTA OBLIGADO A EXHIBIR EL TITULO DE PROPIEDAD PERO EN CASO DE CONFLICTO, O LO PRUEBA P PERDERA EL DERECHO DE PROPIEDAD. NO AFECTA A LA INVERSIÓN DE LA CARGA DE LA PRUEBA
CARACTERISTICAS
OFENSIVA: SOLO CON LA TENENCIA DEL CORPUS SE PUEDEN INTERPONER LAS ACCIONES POSESORIAS (NO REALES) PERTINENTES
DEFENSIVA: LA INVERSIÓN DE LA CARGA DE LA PRUEBA DEL ART. 448, NO SE TRATA DE UNA PRUEBA COMO TAL , SI ALGUIEN PRESENTA EL TITULO NO VALE COMO DEFENSA
POSESIÓN COMO TITULO SUBSIDIARIO: