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SISTEMA ESPAÑOL: TITULO+MODO - Coggle Diagram
SISTEMA ESPAÑOL: TITULO+MODO
¿QUE SUCEDE SI ALGUNO DE LOS 2 ELEMENTOS ESTA VICIADO?
A. SISTEMA CAUSALISTA
EL VICIO EN EL TÍTULO PROVOCA NADA SE PUEDA TRANSMITIR
AL TRASNMITENTE LE ASISTE LA POSIBILIDAD DE INTERPONER UNA ACCIÓN REAL EN CASO ENTREGADO LA COSA A UN ADQUIERIENTE O SUBADQUIRIENTE
EL VICIO SE ARRASTRA A TODAS LAS EVENTUALES TRANSMISIONES
SEGURIDAD JURIDICA: EN CUALQUIER MOMENTO EL TRANSMITENTE PUEDE INTERPONER UNA ACCIÓN REAL
B. CONCEPCIÓN ABSTRACTA DE LA TRADITIO.
TRATA DE DESGAJAR LA TRADITIO DE EL TITULO VICIADO O DEFECTUOSO. DE MODO QUE UNA VEZ REALIZADO EL CONTRATO, EN CASO DE QUE EL TITULO ESTE DEFECTUOSO O VICIADO, NO VA A PERJUIDICAR EL EFECTO TRASNMITIVO DE LA ADQUISICIÓN
EL TRANSMITENTE, LO UNICO QUE PODRÁ INTERPONER ES UNA ACCIÓN DE ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA Y NO UNA ACCIÓN DE RESTITUTORIA
PROBLEMA ES QUE MEDIANTE UN TITULO NULO SE ESTA PERMITIENDO LA TRANSMISIÓN DE UN DERECHO
C. TESIS INTERMEDIAS
EXISTENCIA DE UN VINCULO ENTRE EL TITULO Y LA TRADITIO O ENTREGA. EN CASO DE VICIOS EN EL TITULO AFECTARÁN A LA TRADITIO
PERO LIMITANDO LA CAPACIDAD DE RECUPERAR LA COSA A LA ESFERA PERSONAL DEL ADQUIRIENTE
EL TRANSMITENTE SOLO PODRA INTERPONER UNA ACCIÓN PERSONAL CONTRA EL ADQUIRIENTE. NO ASÍ CONTRA TERCEROS DE BUENA FE
DOS POSTURAS
PROFESOR PICAZO
INVALIDEZ ORIGINARIA: RECONDUCE A UNA ACCIÓN DE COBRO DE LO INDEVIDO. CABE UNA ACCIÓN PERSONAS + ACCIÓN RESTITUTORIA
INVALIDEZ SOBREVENIDA: SE PUEDE INTERPONER UNA ACCIÓN PERSONAL QUE ANULA EL CONTRATO (ACCIÓN REVOCATORIA)
PROFESOR GULLÓN: EL TERCERO NO ES INVULNERABLE DEL TODO. SI NO SE DAN LAS CIRCUNSTANCIAS DEL ART. 464 Y 34 LH, SE PUEDE ATACAR POR EL COBRO DE LO INDEBIDO
JUSTO TITULO: ES NEGOCIO JURÍDICO APTO PARA TRASNMITIR EL DERECHO DE DOMINIO
COMPREVENTA
PERMUTA
DONACIÓN
CONTRATO DE OBRA (MATERIALES PROPIOS)
TRANSACCIÓN (ACUERDO PREJUDICIAL)
ADJUDICACIONES EN DACIÓN EN PAGO O CESIÓN DE BIENES
CONTRATOS INOMINADOS O ATIPICOS