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EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - Coggle Diagram
EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
DEL APORTE DE LA E.I.R.L.
El capital, se forma por los aportes de la persona natural que la constituye.Los aportes obligatoriamente susceptibles de valoración económica
Aporte Dinerario
Se hace por depósito en un Banco en cuenta a nombre de la Empresa, el comprobante del depósito se añade a la Escritura de Constitución de la Empresa o en la de aumento de su capital según el caso.
Aporte no Dinerario
El notario realiza un inventario detallado de los aportes y su respectiva valorización, bajo declaración jurada del aportante, de acuerdo a las normas que establece el CONASEV.
MUEBLES
INMUEBLES
Modificación de la escritura de constitución, del aumento y de la reducción del capital
El Titular de la Empresa puede modificar en cualquier momento la Escritura de Constitución.
ORIGENES
En el año 1910 Oskar Pisko En la Universidad de Viena formula una propuesta legislativa contenida en su obra "Die Beschränkte Haftung des Einzelkaufmannes -Eine legislatoriche studie"
Surge como una alternativa para acabar con las "Sociedades de Favor",
Regula la empresa individual de responsabilidad limitada junto a las sociedades de un solo socio
EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Siglo XX
ORGANOS DE LA E.I.R.L.
Titular
Es el órgano máximo de la empresa, se encarga de decidir sobre los bienes y actividades de esta.
FUNCIONES: Art. 39 Ley N°21621
Si bien mencionamos que la responsabilidad del titular es limitado, existen casos en que el titular responde en forma personal e ilimitada (Art. 41)
Gerente
Es el órgano encargado de administrar y representar la Empresa, estará desempeñada por una o más personas naturales, con capacidad para contratar, designadas por el Titular. El cargo de Gerente es personal e indelegable. El cargo de Gerente termina por muerte o incapacidad civil.
FUNCIONES: Art. 50 Ley N°21621
El Gerente será solidariamente responsable con el Titular de los actos infractorios a la Ley(Art. 52)
DEFINICIÓN
La E.I.R.L. se encuentra regulada en el DECRETO LEY N°21621
"Es una persona jurídica de derecho privado, constituida por voluntad unipersonal, con patrimonio propio distinto al de su Titular, que se constituye para el desarrollo exclusivo de actividades económicas de Pequeña Empresa"
La Empresa tendrá una denominación que permita individualizarla que va seguida de las palabras "Empresa Individual de Responsabilidad Limitada", o de las siglas "E.I.R.L."
CONSTITUCIÓN DE LA E.I.R.L.
Se otorga personalmente a quien la constituye
Aquellos actos y contratos fuera de este requisito quedaran a responsabilidad personal e ilimitada de quien hubiera contratado.
La escritura pública deberá ser inscrita en el Registro Mercantil dentro del plazo de treinta (30) días. La inscripción otorga personalidad jurídica a la empresa
La E.I.R.L se constituye por escritura pública
Contenido de la Escritura Púbica (Art. 15 del Decreto Ley Nº 21621)
DERECHOS DEL TITULAR DE LA E.I.R.L
El derecho del Titular sobre el capital de la Empresa tiene la calidad legal de BIEN MUEBLE INCORPORAL. El derecho del Titular no puede ser incorporado a títulos valores.
Transferencia de los derechos del titular
Acto Mortis Causa
cuando el titular del derecho fallece, en este caso deberá inscribirse este hecho en el Registro Mercantil presentando la partida de defunción respectiva, bajo responsabilidad del Gerente y subsidiariamente de los herederos
Acto intervivos
La transferencia se realiza a otra persona natural mediante compra-venta, permuta, donación y adjudicación en pago.
La transferencia del derecho del titular en su modalidad por actos intervivos y por mortis causas en determinados casos, se hará por escritura pública (Art. 33 del Decreto Ley Nº 21621).
La transferencia del derecho del Titular por sucesión mortis causa se inscribirá en el Registro Mercantil por mérito del testamento o del auto de declaratoria de herederos del causante
El plazo de inscripción es de 30 días
La disolución y liquidación de la empresa
Voluntad del Titular, una vez satisfechos los requisitos de las normas legales vigentes.
La transformación de sociedades en empresas individuales de responsabilidad limitada
Cuando se transforme una Sociedad en Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, se aplicarán las reglas contenidas en la norma vigente.
La fusión
La fusión de una empresa con otra empresa, pertenecientes a un mismo titular, puede ser realizada por incorporación o por constitución.
Empresas que pueden fusionarse
Etapas a seguirse para la fusión de empresas
Exigencias
Del balance y de la distribución de beneficios
El Gerente está obligado a presentar al Titular, dentro del plazo máximo de sesenta (60) días, contado a partir del cierre del ejercicio económico, el Balance General con la cuenta de resultados y la propuesta de distribución de beneficios.
Régimen de los trabajadores
Los trabajadores de la Empresa están sujetos al régimen laboral de la actividad privada y a lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 21435.
Las sucursales
El Titular de la Empresa puede establecer sucursales en el territorio de la República.
La quiebra de la empresa
La quiebra de la Empresa no conlleva la quiebra del Titular, ni la falencia de éste, la de aquella.