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Convención de Viena y Ecuador
ANTECEDENTES
Entendimientos interestatales
reglas
formatos
se aprueba un instrumento multilateral
23 de mayo de 1696, Viena Austria
constituye un auténtico Código en
materia de tratados.
valioso
“vademécum”
Sobre Derecho de los
Tratados
BREVE REFERENCIA
objetivo
codificar normas consuetudinarias de tratados
desarrollarlas progresivamente
tratados
acuerdo internacional escrito entre estados
quedan excluidos de la definición si
no constan por escrito
acuerdos entre un Estado y otros sujetos de derecho internacional, como las organizaciones internacional
Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados entre Estados y Organizaciones Internacionales o
entre Organizaciones Internacionales
28 de abril de 1988
regido por el derecho internacional
no tiene efecto retroactivo
solo se aplica a tratados celebrados después de su entrada en vigor
vigencia desde 27 de enero de 1980
ESTRUCTURA
Preámbulo
interesantes referencias
importancia de los tratados como fuente del derecho internacional
reconocimiento universal de principios
libre consentimiento
buena fe
norma "pacta sunt servanda"
vigencia de las normas de derecho consuetudinario
8 partes
1
artículos 1 al 5
alcance de la Convención
términos empleados
acuerdos inter. no comprendidos en la convención
tratados constitutivos de organizaciones
2
artículos 6 al 25
celebración de tratados
adopción del texto
autenticación
reservas
entrada en vigor provisional de los tratados
consentimientos de tratados
manifestado mediante firma
manifestado mediante canje de instrumentos que constituyen un tratado
manifestado mediante ratificación, aceptación o aprobación
manifestado mediante la adhesión
3
artículos 26 al 38
observancia de tratados
Aplicación
Interpretación
tratados y los terceros Estados
4
artículos 39 al 41
enmiendas
Modificación de los tratados
5
artículos 42 al 72
Nulidad
Terminación
Suspensión de aplicación de tratados
6
artículos 73 al 75
disposiciones diversas
relaciones diplomáticas o consulares
caso de Estado agresor
7
artículos 76 al 80
depositarios
notificaciones
correcciones
registro
8
artículos 81 al 85
disposiciones finales
firma
ratificación
adhesión
textos auténticos
DISPOSICIONES IMPORTANTES
alcance
aplicado en los tratados entre estados
irretroactividad
tratados suscritos después de la vigencia
Capacidad y consentimiento
compromiso a través de la firma
primer mandato de la Nación
representante autorizado
ratificación
solo después de la firma
Presidente de la república
canciller
intermedio de un instrumento solemne
Reservas
puede darse en el momento de:
la firma
ratificación
aceptación o adhesión
Interpretación
Buena fe
Enmienda y modificación
común acuerdo entre las partes
Nulidad
vicios en el consentimiento
error
fuerza
dolor
oposición
norma imperativa de derecho internacional
jus cogens
Depositarios
designación en los tratados multirales
Secretario General de la ONU
Registro y publicación de los
tratados
desde que esta en vigor
ECUADOR Y LA CONVENCIÓN
Ratificación
la Dirección General de Tratados procedió a la Presidencia de la república
proyecto de Decreto de Ratificación para la firma del Primer Mandatario
el Gobierno Nacional ratificó la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados
18 de Julio de 2003, registro oficial 134 del 28, mismo mes y año
Obligaciones y derechos
según la Carta de la ONU y
la Convención
carta
Convención
Reconocer
la importancia de los tratados como fuente del derecho internacional
aplicar
principios universales
libre consentimiento
buena fe
pacta sunt servanda
procurara mantener
justicia
respecto a las obligaciones de los tratados
respeto
exigir respeto
derechos humanos
libre determinación de los pueblos
prohibición de la amenaza, uso de fuerza
respetar
las obligaciones de los tratados
Practicar
la tolerancia y a convivir en paz
Cumplir
la buena fe las obligaciones contraídas
Arreglar
controversias internacionales
medios pacíficos
reconocer y respetar
igualdad soberana
no intervenir en asuntos de jurisdicción interna
Planteamientos
Debido a la asistencia desde la aprobación en 1969 permitieron que criterios ecuatorianos sean incorporados en el texto del convenio
en 1968 en el país se esgrimía la tesis de la nulidad de los tratados obtenidos por la amenaza o el uso de la fuerza
argumentos esgrimidos
la convención recoge elementos adoctrinados
la convención es reconocida como una guía oficial para la elaboración de tratados
inexistencia de un conflicto entre la normativa ecuatoriana y las disposiciones de
la Convención
ratificación ecuatoriana contribuirá a enriquecer la normativa vigente del país
NORMAS Y PRINCIPIOS
Pacta sunt Servanda
los tratados deben ser cumplidos
Jus cogens
no admite acuerdo en contrario
puede ser modificada por una norma ulterior
Rebus sic stantibus
si posteriormente hubiese un "cambio de circunstancias"
puede revisarse
darse por terminado un convenio
Rebus sic stantibus
los acuerdos internacionales obligan solo a las partes contratantes
Irretroactividad
el tratado se aplica desde la entrada en vigor del convenio
Nulidad
se anula todo contrato cuando:
es obtenido por la amenaza o el uso de la fuerza