Titulo 2
Capitulo 2
Sección séptima:
SALUD
El estado deberá garantizar este derecho por medio de políticas económicas, sociales, culturales, educativas y ambientales. Paso fijo y pertinente sin exclusión a programas y acciones a atención integral de salud, salud sexual, salud reproductiva; la prestación de los servicios de salud se rigen a los principios de equidad, universalidad, solidaridad, intelectualidad, eficiencia, precaución con enfoque de genero.