Artículo 104 se sancionara con pena de prisión 1 de 3 a 5 años es de hasta $1243,590 respectivamente la SUMA de ambas de esas hasta $1,865,370.00. III. 9 años accede de $1,243,590.00 la suma de ambas excede hasta. $1,865,370,000 . IV. de 3 a 6 años el monto de las contribuciones omitidas.