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1. Los argumentos de México - Coggle Diagram
1. Los argumentos de México
Los hechos que originan la demanda
Tensión, enjuiciamiento y cadena muerte 54 mexicanos por parte de las autoridades americanas
Se ha impedido que México ejercer los derechos de la protección consular conforme a los artículos 5 y 36 de la convención de Viena
Tribunales de los Estados Unidos se ha negado a considerar las violaciones del artículo 36, con base a la doctrina de la preclusión procesal
Relación de las obligaciones establecidas en el artículo 36 de la convención de Viena
Estoy Estados Unidos miembros de
ONU artículo 36 párrafo uno
Convención de Viena
Protocolo facultativo sobre jurisdicción obligatoria artículo uno
México concluye que la controversia es de bajo competencia de la corte internacional de justicia
El derecho aplicable a la controversia
Artículo 36 convención de Viena interrelación para la implementación del SPC
Estados Unidos tiene la obligación de permitir a México comunicación con su nacional presentar asistencia
Inciso B) P1 notificación consular sin dilatación
La corte internacional de justicia constata en caso de violación de este derecho. Estados Unidos no reconoce revisión y reconsideración
Si hay desconocimiento las agentes consulares no podrán ejercer una correcta asistencia a su nacional
Convención de Viena artículo 5:36 impide derechos de México, además el artículo 36 párrafo 2:26 leyes y R no real obstáculo, artículo 27 no puede invocar derecho internacional o ser cometido por órganos subordinados
Las solicitudes de México
Estados Unidos al detener, restar, juzgar, declarar culpable si condenar a los 54 nacionales mexicanos ganaron sus obligaciones jurídicas internacionales sin derecho a brindar por tu acción consular
Tenerse de aplicar la doctrina de la preclusión procesal o cualquier otra doctrina de su legislación interna
Estados Unidos deben restaurar el status Q
Derecho a la restitutio in integrum
Estados Unidos debe tomar medidas necesarias y suficientes para establecer una reparación eficaz contra la violación de los derechos otorgados a México y a sus nacionales
Estados Unidos debe brindar a México en plena garantía de que tales actos ilícitos no volverán a producirse
Juez Ad Hoc
El gobierno de México declara su intención de designar un juez ad hoc
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 31, párrafo dos del estatuto y en el artículo 35, párrafo uno del reglamento de la corte
Medidas Provisionales
Ordenanza indicando las medidas provisionales que Estados Unidos de América deban tomar
Con el fin de qué ninguno de los 54 nacionales mexicanos objeto del litigio sea ejecutado y que no se fije dicha fecha de ejecución en relación con alguno de ellos
Objeto: resguardar los derechos de cada una de las partes
Necesarias para resguardar los derechos de México que incluyen la preservación de la vida mientras la corte conoce del fondo del asunto
Junto con la demanda, México solicitó a la Corte: