Operación mediante la cual el Banco Central, o un banco privado, les descuenta a otros bancos comerciales documentos, letras de cambio o pagarés, descontados por ellos con anterioridad a una determinada tasa de interés, mayor o menor, dependiendo de la política de restricción o aumento de operaciones crediticias y el dinero circulante.”
DOCUMENTOS DE CRÉDITO
LETRA DE CAMBIO
Es una Orden escrita por la que una persona denominada emisor, encarga a otra, llamada receptor, que pague un determinado monto de dinero a un periodo de tiempo establecido
Únicamente se mencionarán la letra de cambio y el pagaré como documentos de crédito por ser los más conocidos y utilizados. Se utilizan para respaldar obligaciones en dinero con vencimiento futuro
PAGARÉ
Título que da al tenedor del documento el derecho incondicional de recibir una cantidad de dinero en determinada fecha. Se emite y negocia con descuento, según el tipo de interés y la fecha de su vencimiento.