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SINDICATOS, POR SU AMBITO TERRITORIAL, POR SU SUJETO, CLASES, APROBACION…
SINDICATOS
Art. 440 C.T. (Libertad de Asociacion) Asociacion sin fines de lucro con personalidad juridica laboral y de caracter permanete con objetivo de desarrollo y proteccion de los intereses de sus integrantes
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APROBACION Y SOLICITUD
- Copia del acta constitutiva con las firmas autógrafas de los concurrentes
- Dos copias del acta determinada en el ordinal anterior
- Tres ejemplares de los estatutos del sindicato o asociación profesional
- Nómina de la directiva provisional, por duplicado
- Nómina de todos los que se hubieren incorporado al sindicato
ART. 442. Personeria Juridica. gozan de personería jurídica por el hecho de constituirse conforme a la ley
y constar en el registro que al efecto llevará la Dirección Regional del Trabajo